Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala D, 12 de Marzo de 2019, expediente COM 031621/2018/CA001

Fecha de Resolución12 de Marzo de 2019
EmisorCamara Comercial - Sala D

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA D 31621/2018/CA1 SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO C/ PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ORGANISMOS EXTERNOS.

Buenos Aires, 12 de marzo de 2019.

  1. Prevención Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. apeló en fs.

    141/152 la Resolución Administrativa de fs. 137/140, en cuanto le impuso una sanción equivalente a 650 MOPRES.

  2. La Superintendencia de Riesgos del Trabajo sancionó a la recurrente, respecto del empleador G.M.E.S., en relación al establecimiento sito en la calle Maza n° 2.000, Ciudad de Maipú, Provincia de Mendoza, conforme a su inclusión en la Muestra n° 10 (2015-2017) del Programa para la Prevención de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales en PyMES; en razón de los siguientes incumplimientos:

    1. A lo establecido en el artículo 12 de la Resolución S.R.T. n° 1/05; toda vez que habría remitido a la S.R.T., fuera del plazo establecido por la normativa vigente, el contenido del Programa de Acciones de Prevención Específicas (P.A.P.E.) –Anexo V– confeccionado el día 30.9.15 e informado a la S.R.T. el día 26.10.15.

    2. A lo dispuesto en el artículo 18 de la Resolución S.R.T. n° 1/05; toda vez que no habría acreditado la documentación respaldatoria de las visitas de seguimiento a las medidas preventivas acordadas del Programa de Acciones de Prevención Específicas (P.A.P.E.) –Anexo V– realizadas los días 29.1.16 y 31.10.16.

  3. El deber–facultad de imponer sanciones que aquí se cuestiona, se Fecha de firma: 12/03/2019 prevé como derivación del cumplimiento de la fiscalización a cargo de la Alta en sistema: 13/03/2019 Firmado por: P.D.H., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.G.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.R.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: JULIO FEDERICO PASSARON, SECRETARIO DE CAMARA #33017894#226944708#20190312103058651 Superintendencia de Riesgos del Trabajo (art. 36, ap. 1, de la Ley nº 24.557 y art. 15: 1 del Decreto nº 334/96, reglamentario del art. 27 de la ley citada).

    La denunciada no cuestionó eficazmente los argumentos que motivaron la imposición de la sanción.

    A., en tal sentido, que el dictamen jurídico de fs. 126/136 y demás constancias de autos allí referidas, dan cuenta de la existencia de elementos de convicción que configuran la conducta punible, en función de la infracción a las normas que regulan la actividad de los sujetos del sistema de Riesgos del Trabajo.

    La aseguradora no ha disipado la convicción...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR