Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 14 de Agosto de 2018, expediente COM 011524/2018/CA001

Fecha de Resolución14 de Agosto de 2018
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación CAMARA COMERCIAL - SALA C SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO c/ PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. s/ORGANISMOS EXTERNOS Expediente N° 11524/2018/CA01 Buenos Aires, 14 de agosto de 2018.

Y VISTOS:

  1. Apeló la aseguradora de referencia la resolución de fs. 303/305 en la que el organismo de control le aplicó una multa de 650 MOPRE. El escrito de agravios obra glosado a fs. 307/318.

  2. En autos se ha aplicado una multa a la A.R.T. porque no habría respetado el cronograma de realización de los exámenes médicos periódicos en relación a tres trabajadores expuestos -período 2010-, que se desempeñaban en el establecimiento de un empleador afiliado, conforme a lo descripto en fs. 304 y en el dictamen acusatorio circunstanciado y anexo de fs. 14/16.

    Considera este Tribunal que con lo expresado en el memorial, quien recurre no deja desvirtuados los fundamentos expuestos por el organismo superintendencial en lo que refiere a la procedencia de la sanción.

    Surge de las constancias obrantes en autos que la sumariada, si bien efectuó parte de los exámenes médicos del período que aquí se trata (2010), no acredita la realización de los estudios de salud que se le cuestionan (v. cuadro de fs. 15/16). Tampoco se aprecian en el caso a estudio circunstancias que puedan llegar a eximirla de la responsabilidad administrativa que aquí se le endilga.

    La aseguradora debió haber arbitrado los medios necesarios para coordinar en todos los casos el modo de llevar a cabo, con la antelación necesaria, la citación efectiva de los trabajadores a fin de lograr las revisaciones necesarias dentro del período respectivo (en el mismo sentido, esta S., en autos "Superintendencia de Riesgos del Trabajo - Federación Patronal Seguros S.A. s/

    Fecha de firma: 14/08/2018 organismos externos" -exp. 7581.14-, del 9.10.14, entre otros). Tales diligencias Alta en sistema: 15/08/2018 Firmado por: MACHIN - VILLANUEVA (JUECES) - BRUNO (SECRETARIO), PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. s/ORGANISMOS EXTERNOS Expediente N°

    SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO c/

    11524/2018CA01 Firmado(ante mi) por: R.F.B., SECRETARIO DE CÁMARA #31966367#213297990#20180813115437019 no quedaron demostradas en el presente sumario, por lo que corresponde confirmar la sanción impuesta.

    No resulta ocioso resaltar, una vez más, que son las A.R.T. las responsables de la realización de los exámenes médicos por lo que, consecuentemente, deben controlar que el...

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