Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 2 de Agosto de 2018, expediente COM 013494/2018/CA001

Fecha de Resolución 2 de Agosto de 2018
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación CAMARA COMERCIAL - SALA C SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO c/ PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. s/ORGANISMOS EXTERNOS Expediente N° 13494/2018/CA01 Buenos Aires, 02 de agosto de 2018.

Y Vistos:

I.V. apelada la sanción de 301 Mopre impuesta a fs. 72/74. El memorial se encuentra glosado en fs. 87/98.

  1. La infracción así sancionada fue la de no haber otorgado en forma oportuna las prestaciones en especie a cargo de la A.R.T. Se trató de una demora en la realización y posterior valoración de una resonancia magnética de rodilla derecha a un paciente que había padecido un siniestro laboral. Dicho estudio fue ordenado por el médico especialista el 16.9.15, se realizó el 17.10.15 y el mismo fue evaluado recién el 25.1.15, esto es, ciento sesenta y dos días después de su indicación.

    Las alegaciones de quien apela, centradas principalmente en minimizar la falta cuestionada y endilgando culpa al trabajador, no resultan de suficiente entidad para relevarla de su responsabilidad administrativa que aquí le cabe, consecuente con la obligación legal de brindar ese tipo de atenciones de la manera debida.

    Cabe tener presente que la valoración de hechos como el analizado en autos debe ser efectuada en el marco propio de la urgencia derivada de un accidente de trabajo, y de la gravedad del siniestro acaecido. En ese marco, es de ponderar, que este Tribunal, en relación al cuadro médico del accidentado, considera excesivo el lapso transcurrido entre la indicación del tratamiento y la efectiva valoración de sus resultados.

    Por su parte, se ha dicho también que es deber de la aseguradora Fecha de firma: 02/08/2018 velar por el estricto cumplimiento de las prestaciones a su cargo y brindar la Alta en sistema: 03/08/2018 Firmado por: MACHIN - VILLANUEVA (JUECES) - BRUNO (SECRETARIO), PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. s/ORGANISMOS EXTERNOS Expediente N°

    SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO c/

    13494/2018CA01 Firmado(ante mi) por: R.F.B., SECRETARIO DE CÁMARA #32091833#212265896#20180802085412187 atención necesaria al damnificado para su recuperación (en tal sentido se ha expedido esta sala en autos "Superintendencia de Riesgos del Trabajo - Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. s/ organismos externos" -exp.

    20458.10-, del 3.12.10; "Superintendencia de Riesgos del Trabajo - Mapfre Argentina ART SA s/ organismos externos” -exp. 12742.13-, del 25.2.14, "Superintendencia de Riesgos del...

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