Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 29 de Junio de 2018, expediente COM 008459/2018

Fecha de Resolución29 de Junio de 2018
EmisorCamara Comercial - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL Sala B 8459/2018 - SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO c/

PROVINCIA A.R.T. S.A. s/ORGANISMOS EXTERNOS Buenos Aires, 29 de junio de 2018.

Y VISTOS:

  1. Provincia A.R.T. S.A. apeló la resolución de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo de fs. 70/72, que le impuso una multa de 301 MOPRES, por transgredir el art. 20, inciso 1, apartado a) de la ley 24.557. Su memoria corre a fs. 87/93.

    La sanción se aplicó en relación al siniestro laboral acaecido el 12.01.16 a la Sra. A.G.G., porque la aseguradora no brindó

    oportunamente las prestaciones en especie a su cargo, ello teniendo en cuenta que el día 25.01.16 el médico tratante indicó estudio electromiograma (E.M.G), el que se llevó a cabo el día 01.02.16, siendo evaluado por el profesional el 14.03.16, es decir, cuarenta y nueve días corridos desde su indicación.

  2. Las quejas son: i) cumplió con sus obligaciones, ii) no hay perjuicio, iii) se respetaron los principios de razonabilidad y fundamentación, iv)

    la multa es desproporcionada, y por ello solicita su reducción.

  3. Corresponde confirmar la sanción aplicada a la Aseguradora.

    Ello pues, del análisis armónico del sistema de riesgos del trabajo y las normas que lo regulan, surge la necesidad de cumplimiento estricto de las obligaciones surgidas de las reglas dictadas por el organismo de contralor.

    Este ente está investido de las facultades legales para dictar reglas en tal sentido. Las obligaciones que surgen de tales preceptos regulan la actividad de las aseguradoras. Cuando el artículo 32 de la ley 24.557 dispone Fecha de firma: 29/06/2018 Firmado por: M.E.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.L.G.A.D.D.C., JUEZ DE CAMARA #31825150#209632089#20180629105434321 Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL Sala B sanciones por los "incumplimientos", alude a los de todas las disposiciones que integran el sistema; es decir de sus obligaciones emanadas de esa ley y sus normas reglamentarias.

    En el caso, no se trata de sancionar incumplimientos “formales”, sino del incumplimiento de obligaciones que afectan -severamente- a los trabajadores; como por ejemplo no haber efectuado de manera oportuna la prestación correspondiente. Sintetizando, aquí se ha expuesto el desinterés en el cumplimiento de las normas de protección de la salud del trabajador.

    Una adecuada interpretación lleva a concluir que la ley 24.557 y las demás normas que integran el...

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