Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 28 de Junio de 2018, expediente COM 010529/2018/CA001

Fecha de Resolución28 de Junio de 2018
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO c/ PROVINCIA A.R.T. S.A. s/ORGANISMOS EXTERNOS Expediente N° 10529/2018/CA01 Buenos Aires, 28 de junio de 2018.

Y Vistos:

I.V. apelada la sanción de 350 Mopre impuesta en fs. 90/92. El memorial se encuentra glosado en fs. 93/99.

  1. La infracción así sancionada fue la de no haber otorgado en forma oportuna, a un trabajador que había padecido un accidente laboral, la prestación en especie consistente en la provisión de un par de muletas de aluminio que había sido indicada por el médico tratante, conforme a la descripción de fs. 90 y en el dictamen acusatorio circunstanciado de fs. 31.

    Las alegaciones de quien apela, centradas en la falta de disponibilidad del material a proveer, no resultan de suficiente entidad para USO OFICIAL relevarla de la responsabilidad administrativa que aquí se le endilga, consecuente con la obligación legal de brindar ese tipo de atenciones de la manera debida.

    Considera este Tribunal que quien apela, en definitiva, no deja desvirtuado el proceder que aquí se le cuestiona.

    Según surge de las constancias agregadas en autos, considera esta Sala que efectivamente operó una injustificada demora desde la solicitud hasta su efectiva entrega al damnificado (veinticinco días aproximadamente).

    Es deber de la aseguradora velar por el cumplimiento de las prestaciones a su cargo y brindar la atención necesaria al damnificado para su recuperación (en el mismo sentido se ha expedido esta sala en autos "Superintendencia de Riesgos del Trabajo - Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. s/ organismos externos" -exp. 20458.10-, del 3.12.10; "Superintendencia de Riesgos del Trabajo - Swiss Medical ART SA s/

    organismos externos” -exp. 14828.17-, del 15.2.18, entre otros).

    Fecha de firma: 28/06/2018 SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO c/ PROVINCIA A.R.T. S.A. s/ORGANISMOS EXTERNOS Expediente N°

    Firmado por: MACHIN - VILLANUEVA (JUECES) - BRUNO (SECRETARIO), 10529/2018CA01 #31915660#210111684#20180628081600091 Según la línea de criterio sostenida por este Tribunal en casos análogos al presente, se debe tener en cuenta que tratándose de contingencias derivadas de siniestros laborales, la valoración de los hechos ha de efectuarse en el contexto propio de la urgencia derivada de un accidente de trabajo y de la gravedad de la patología consecuencia del siniestro acaecido. Así, y de acuerdo a lo establecido en la norma que rige la materia en cuestión, tales...

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