Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 15 de Marzo de 2018, expediente COM 023171/2017/CA001

Fecha de Resolución15 de Marzo de 2018
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO c/ INSTITUTO AUTARQUICO PROVINCIAL DEL SEGURO DE ENTRE RIOS s/ORGANISMOS EXTERNOS Expediente N° 23171/2017/CA01 Buenos Aires, 15 de marzo de 2018.

Y Vistos:

I.V. apelada la sanción de 350 Mopre impuesta en fs. 147/149.

El memorial se encuentra glosado en fs. 150/158.

  1. La infracción así sancionada fue la de no haber otorgado en su totalidad, a una trabajadora que había padecido un accidente laboral, las prestaciones en especie a cargo de la A.R.T. que habían sido indicadas por dictamen de la comisión médica jurisdiccional, de acuerdo a lo detallado en fs.

    138/139 y en el dictamen acusatorio circunstanciado de fs. 73.

    Surge de autos, que la comisión médica jurisdiccional, mediante USO OFICIAL dictamen, había indicado prestación quirúrgica respecto dela paciente de referencia. Sin embargo la sumariada adujo que la patología consistía en una enfermedad inculpable preexistente y crónica; atento a ello dicho dictamen fue ratificado intimando a la aseguradora a cumplir con el mismo, la cual informó

    que la trabajadora se encontraba dada de alta traumatológica, no otorgando la prestación correspondiente.

    La recurrente alegó, con relación a la prestación quirúrgica que aquí

    se le cuestiona, que la misma no le fue negada sino que existieron factores médicos y de la salud de la trabajadora que fueron debidamente analizados por los médicos tratantes, los que decidieron no someterla a cirugía.

    Cabe resaltar sobre el caso que aquí se analiza que, no consta en autos que el referido dictamen de la comisión médica haya sido apelado de acuerdo al proceso previsto por la legislación.

    Resulta oportuno resaltar que las comisiones médicas son las Fecha de firma: 15/03/2018 Alta en sistema: 16/03/2018 SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO c/ INSTITUTO AUTARQUICO PROVINCIAL DEL SEGURO DE ENTRE Firmado por: MACHIN - VILLANUEVA (JUECES) - BRUNO (SECRETARIO), RIOS s/ORGANISMOS EXTERNOS Expediente N° 23171/2017CA01 #30688546#201269117#20180315103950609 encargadas de determinar el contenido y alcance de las prestaciones en especie que la A.R.T. debe brindar al trabajador accidentado. Los dictámenes emitidos por dichas comisiones médicas tienen carácter vinculante y son obligatorios para las partes.

    Así, es deber de la aseguradora velar por el cumplimiento de las prestaciones a su cargo y brindar la atención necesaria al damnificado para su recuperación (en el mismo sentido se ha expedido esta sala en...

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