Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 11 de Agosto de 2016, expediente COM 026985/2015/CA001

Fecha de Resolución11 de Agosto de 2016
EmisorCamara Comercial - Sala C

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO c/ GALENO A.R.T.

S.A. s/ORGANISMOS EXTERNOS Expediente N° 26985/2015/CA01 Buenos Aires, 11 de agosto de 2016.

Y VISTOS:

  1. Apeló la aseguradora de referencia la resolución de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo obrante a fs. 254/256, en la que el organismo de control le impuso una multa de 550 MOPRE. Los agravios de la recurrente obran a fs. 259/274.

  2. La sanción fue impuesta a la aseguradora porque la autoridad de control consideró que del total de las observaciones sobre los accidentes de trabajo, por un lado, y sobre las enfermedades profesionales, por otro lado, a las que se les ha solicitado regularización, al vencimiento del plazo consignado en la nota correctiva no fueron cumplimentadas, ello, conforme se detalla en los USO OFICIAL cuadros anexo I y anexo II del dictamen acusatorio circunstanciado de fs.

    170/203.

    Las normas que habrían sido infringidas son el punto 4 del Anexo II de la Instrucción SRT 1/10 (modificatoria de la res. SRT 1604/07) y el punto 4 del Anexo II de la Instrucción SRT 2/10 (modificatoria de la res. SRT 1601/07).

    Tales normas, respectivamente, regulan lo atinente a los registros en los que las A.R.T. y empleadores autoasegurados deben declarar los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales, estableciendo los procedimientos, formas, plazos y demás requisitos para cumplir con tal obligación.

    En tal contexto surge que la aseguradora ha incurrido en las faltas que aquí se le reprocharon en razón de la información declarada en los casos aquí

    referenciados.

    La recurrente afirma que actuó conforme al derecho aplicable; alega que modificó en tiempo y forma los datos que habían sido observados por la autoridad de control y considera que se trata de una falta formal.

    Fecha de firma: 11/08/2016 SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO c/ GALENO A.R.T. .S.A. s/ORGANISMOS EXTERNOS Expediente N°

    Firmado por: MACHIN-VILLANUEVA - GARIBOTTO (JUECES) - BRUNO (SECRETARIO), Firmado por: E.R.M., JUEZ DE CAMARA 26985/2015CA01 Firmado por: J.R.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.V., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: R.F.B., SECRETARIO DE CÁMARA #27430696#159251053#20160811083522387 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación Sentado lo hasta aquí expuesto, entiende el Tribunal que las alegaciones de quien apela no resultan de suficiente entidad para...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR