SUDAMERICANA DE FINANZAS

Fecha de la disposición 4 de Julio de 2014

SUDAMERICANA DE FINANZAS

SOCIEDAD ANONIMA

Por escritura 457 del 23/06/2014, folio 1207, del Registro 1296, de Cap. Fed., se constituyó la sociedad. Socios: COMPAÑIA REGIONAL DE INVERSIONES S.A., CUIT 30714314595, con domicilio legal calle Cerrito 740, 1º Piso CABA inscripta en Inspección General de Justicia el 28/10/2013 Nº 21326, libro 66 de Sociedades por Acciones y ATLANTICA DE INVERSIONES S.A. CUIT 30714426857, con domicilio legal en Lavalle 1783, Piso 3º oficina “A” CABA inscripta en Inspección General de Justicia el 23/01/2014, Nº 1356 del libro 67 de Sociedades por Acciones. Denominación: SUDAMERICANA DE FINANZAS S.A. Plazo: 99 años. Objeto: Tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros, o asociada a terceros, en cualquier lugar de esta República, o en el exterior, con sujeción a las leyes del respectivo país, a las siguientes actividades: a) COMERCIALES: I. De Agente Asesor de Mercado de Capitales, de acuerdo a lo dispuesto en la ley 26.831 y Normas de la Comisión Nacional de Valores (CNV) (Resolución General 622 /2013 Capítulo V) II. De Agente de Negociación, de conformidad a lo dispuesto por la Ley número 26.831 y las normas de la Comisión Nacional de Valores (CNV) (Resolución General 622/2013 N.T. 2013), por lo que podrá actuar en la colocación primaria y en la negociación secundaria a través de los Sistemas Informáticos de Negociación de los Mercados autorizados, ingresando ofertas en la colocación primaria o registrando operaciones en la negociación secundaria, tanto para cartera propia como para terceros clientes, cumpliendo con las normas dispuestas a estos efectos por la Comisión Nacional de Valores. III. De Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Propio, de conformidad a lo dispuesto por la Ley Nº 26.831 y las normas de la CNV (N.T. 2013), por lo que además de desarrollar las actividades propias de los Agentes de Negociación, podrá solamente intervenir en la liquidación y compensación de operaciones (colocación primaria y negociación secundaria) registradas para cartera propia y sus clientes, siendo responsables del cumplimiento ante los Mercados y/o las Cámaras Compensadoras de las obligaciones propias y de sus clientes. IV. De Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral, de conformidad a los dispuesto por la Ley Nº 26.831 y las normas de la CNV (N.T. 2013), por lo que además de desarrollar las actividades propias de los Agentes de Negociación podrá intervenir en...

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