Sudamericana

Juez Tercer Juzgado de Procesos Concursales, a cargo de Con Juez Dr. Pablo González Masanés, Secretaria Dra. Paula Lucero, sito en Pedro Molina N° 517, 2° piso, Ciudad, Mendoza, (C.P.5.500) hace saber a posibles interesados y acreedores que a fs. 456 y Fs. 466 de los autos N° 15.194 caratulados "SUDAMERICANA DE SELLOS S.A. p/QUIEBRA" se ha resuelto lo que en fecha y parte pertinente dice: "Mendoza, 20 de septiembre de 2016. Autos y vistos:...; considerando:...; resuelvo: I) Declarar la quiebra de Sudamericana de Sellos S.A CUIT quiebra de Sudamericana de Sellos S.A., CUIT N° 30-69580446-2; con domicilio social en calle El Libertador N° 3133, Luzuriaga, Maipú, Mendoza... VI. Fijar el día doce de diciembre de 2016 como fecha hasta la cual los acreedores pueden presentar la solicitud de verificación de sus créditos ante el síndico; habilitándose al efecto dos horas más del día hábil siguiente; conforme a Acordada de fecha 07/06/2010 y 05/07/2011 de la Excma. Primera Cámara de Apelaciones (art. 200 Ley 24.522). VII. Fijar el día veintiséis de diciembre de 2016 como fecha hasta la cual el deudor y los acreedores que hubiesen solicitado verificación puedan concurrir al domicilio de Sindicatura, a los efectos de revisar los legajos y formular por escrito las impugnaciones y observaciones respecto de las solicitudes formuladas, bajo el régimen previsto por el art. 35 LCQ; habilitándose al efecto dos horas más del día hábil siguiente (art. 200 sexto párrafo Ley 24.522) y debiendo sindicatura presentar dentro de las cuarenta y ocho horas de vencido el plazo del párrafo anterior copia de las impugnaciones recibidas para ser incorporadas al legajo del art. 279 ley 24.522 (art. 200 séptimo párrafo Ley 24.522). VIII. Fijar el día veintidós de febrero de 2017, como fecha hasta la cual deberá presentar sindicatura los informes individuales y la planilla con el recálculo de los créditos verificados y declarados admisibles en el concurso preventivo de conformidad con lo dispuesto por los art. 202 segundo párrafo y 55 LCQ; dictándose sentencia de verificación de créditos el día ocho de marzo de 2017 (arts. 35 LCQ). IX. Fijar el día cinco de abril de 2017 como fecha hasta la cual deberá presentar el síndico el informe general, el que estará a disposición de los interesados a partir del día hábil siguiente, pudiendo efectuarse observaciones hasta el día quince de abril de 2017. IX. Intimar al fallido y a los terceros que posean

bienes y documentación de aquél...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR