Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala I, 4 de Octubre de 2023, expediente CIV 030021/2023/CA001

Fecha de Resolución 4 de Octubre de 2023
EmisorCamara Civil - Sala I

Poder Judicial de la Nación CÁMARA CIVIL – SALA I

30021/2023

SUCESION DE L.M. c/ DUCE, JUAN

CARLOS Y OTRO s/DESALOJO: INTRUSOS

Buenos Aires, 04 de octubre de 2023.-

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Este Tribunal de alzada está facultado para pronunciarse sobre la admisibilidad de un recurso hasta el momento de conocer en el acuerdo respectivo sin que lo obligue en sentido contrario la decisión del juez de grado, la conformidad de las partes o las providencias de trámite que haya dictado.

En el caso, J.C.D. y M.A.A. interponen recurso de revocatoria con apelación en subsidio contra la providencia dictada el 8 de mayo de 2023 que dispuso que el presente juicio de desalojo debía tramitar bajo las normas del proceso sumarísimo.

El traslado de los fundamentos fue respondido por la parte actora el 20 de septiembre de 2023.

Esta sala ha sostenido, de conformidad con lo preceptuado por el art. 319 in fine del Código Procesal, que la resolución del juez que determina cuál es el trámite a seguir o el tipo de procedimiento aplicable a una controversia deviene irrecurrible por ser una facultad privativa del magistrado que no corresponde que sea revisada en esta instancia (conf. “Recurso de queja nº 1 – c. Pinazo, J.D. s. desalojo: otras causales”,

expte. nº 73064/2018 del 29 de abril de 2019).

También ha señalado este colegiado que la inapelabilidad allí consagrada está reservada a aquellos supuestos en los que resulta discrecional para el juez la determinación de la clase de procedimiento. Y si bien se...

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