Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Sala G, 26 de Febrero de 2015, expediente CIV 026732/2007/CA002

Fecha de Resolución26 de Febrero de 2015
EmisorSala G

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA G 26732/2007.- S.L.H.S. c/

STIBERMAN BERNARDO Y OTRO s/RENDICION DE CUENTAS Buenos Aires, de febrero de 2015.-

AUTOS Y VISTOS:

  1. Por recibido, según nota de fs. 895vta.-

  2. Es motivo de controversia el encuadre de este proceso a los fines de la regulación de los honorarios. Por un lado, la parte actora si bien no se queja de lo decidido, señala que “NO surge de la sentencia... la existencia de monto alguno que pudiera utilizarse como base para la regulación” (fs. 840), pero a continuación se queja por cuanto considera que al fijarse los emolumentos “debió

    determinarse cuál es la base regulatoria”. En sentido contrario los profesionales que asistieron a los vencedores pide se considere el monto del reclamo (fs. 822vta.) o la suma de 450.000 dólares (fs.

    801).

    Más allá del trámite dado a estas actuaciones (fs. 47) ya la sala señaló en su sentencia su objeto (esp. fs. 762/763). En su consecuencia, y tal como se indicó a fs. 819, tratándose de una obligación de hacer carece de contenido económico determinado, y -en atención al rechazo de la pretensión- todas las labores realizadas corresponden a la primera etapa.

    Por lo expuesto; en atención a la calidad, extensión y mérito de la labor profesional desarrollada; conforme lo establecido por los arts. 6 -incs. b a f-, 9, 10, 14 y conc. de la ley 21.839 y la ley 24.432, se reducen los emolumentos establecidos a fs. 819 en favor de los letrados y apoderados de las partes a la suma de NOVENTA MIL PESOS ($ 90.000), para los letrados y apoderados de la actora; CIEN MIL PESOS ($ 100.000) para el patrocinante del demandado B.S. y CIENTO TREINTA MIL PESOS ($ 130.000) para la letrada apoderada del otro demandado. Por las labores de alzada -referidas a la sentencia y al recurso extraordinario- se fija el honorario de la Dra.

    Allan en CUARENTA Y CINCO MIL PESOS ($ 45.000); el del Dr.

    Fecha de firma: 26/02/2015 Firmado por: B.A.A., JUEZ DE CAMARA Firmado...

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