Sucesión de Acha Carlos Alberto S/quiebra - Expte. Nº 25.925 - Remate: 14/8/2008 - Mart. Eduardo L.P. Arzeno

EmisorRemates Judiciales
Fecha de la disposición 5 de Agosto de 2008

DEUDAS: Rentas: $ 42.434,80 a Fs. 171/75 al 30/11/07; Munici: $ 12.341,22 a Fs. 135/37 al 9/10/07. Bienes muebles: Detallados a Fs. 167 punto V), los que se componen de tres estanterías de distinto tamaño, con repuestos para automóviles, tres portones traseros de vehículos y siete paragolpes. Venta en block sin base y al mejor postor: Comisión 10% e 21% de IVA sobre el precio, Arancel 0,25%.

El comprador deberá constituir domicilio legal en la jurisdicción de la Capital Federal, bajo apercibimiento de lo dispuesto por los arts.

41 y 133 del CPCC. Hágase saber que en caso de corresponder el pago del I.V.A. por la presente compraventa deberá ser solventado por el comprador, debiendo el martillero retenerlo en el acto de subasta y depositarlo en el expediente. No se admitirán ofertas de quienes invoquen la calidad de comisionistas o gestores de negocios, ni la cesión de los derechos emergentes del boleto de compra venta del inmueble adquirido en remate. Será inoponible todo incidente promovido por el comprador, sin previo depósito del saldo de precio en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a realizarse a plazo fijo por el término de 30 días con renovación automática y a la orden del Juzgado. Las cuestiones manifiestamente improcedentes planteadas por el adquirente, que demoren el pago del saldo de precio serán sancionadas con la multa prevista por el art. 581 del CPr. El saldo de precio deber ser depositado dentro del quinto día de realizada la subasta sin necesidad de otra notificación ni intimación, aún cuando no se hubiere aprobado la misma o se hubiere planteado su nulidad, bajo apercibimiento de ordenar una nueva subasta y de hacerlo responsable de la disminución que se opere en el precio obtenido en la nueva subasta, intereses, gastos y costas (arts. 580 y 584 del Cpcc). Serán admitidas ofertas bajo sobre --art. 212 de la ley 24.522-las que deberán ser presentadas por ante este Juzgado y Secretaría, hasta dos días hábiles antes de la subasta en la hora de atención del Tribunal. Las deudas posteriores a la toma de posesión, son a cargo del adquirente. El adquirente no será responsable por las deudas que registre el inmueble por impuestos, tasas y contribuciones devengadas con anterioridad a la toma de posesión del bien, incluidas las eventuales deudas por expensas comunes en caso de tratarse de un inmueble sujeto al régimen de la ley 13.512. El impuesto sobre la venta de bienes inmuebles que establece el art.

7 de la ley 23.905, en caso de corresponder será a cargo del comprador, no estará incluido en el precio y será retenido por el escribano que otorgará la escritura traslativa de dominio.

Exhibición: de inmueble y bienes muebles, los días 21 y 22 de Agosto de 2008, de 14 a 17 hs y el 23 de Agosto de 10 a 13 hs. Consultas:

azeuenagamar@hotmail.com Tel. (011) 60912145 / 3640 15-4144-0228.

Buenos Aires, 25 de julio de 2008.

Pablo Javier Ibarzábal, secretario.

e. 01/08/2008 Nº 582.685 v. 07/08/2008 Nº 17

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 17, Secretaría Nº 33 a mi cargo, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, piso 3º, Capital Federal', comunica por tres días en autos caratulados 'SUCESION DE ACHA CARLOS ALBERTO S/QUIEBRA', Expte.

Nº 25.925 que el Martillero Eduardo L.P.Arzeno (CUIT Nº 20-04526202-3) rematará el día 14 de Agosto de 2008 a las 12:00 horas en punto, en el salón de la Corporación de Rematadores, calle Tte. Gral. Perón 1233, Capital Federal,

EL 100% DE UN INMUEBLE...

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