Subsecretaría de Regulación y Control Ambiental, Año 2022 - Disp. N° 193 a 196

Fecha de publicación29 Septiembre 2022
Tipo de documentoDISPOSICIONES SINTETIZADAS
Número de Gaceta13987
SecciónSección Oficial
BOLETÍN OFICIAL PÁGINA 13
Jueves 29 de Septiembre de 2022
Artículo 2º.- Pase al Departamento de Catastro Mi-
nero para DAR LA BAJA en las Planchetas Catastrales
y tomar vista en la Base de Datos correspondiente, y a
la Dirección de Escribanía de Minas a fin de que tome
razón en los registros pertinentes.-
Artículo 3º.- Regístrese, Publíquese en el Boletín
Oficial por tres (3) veces en el término de quince (15)
días, cumplido ARCHIVESE.-
Abg. Bruno A. RESTUCCIA
Subsecretario de Minería
Ministerio de Hidrocarburos
P: 29-09, 05 y 11-10-22
Disposición N° 141/2022
Rawson, 21 de septiembre de 2022
VISTO:
El Expediente N° 14.335/2004 s/ Manifestación de
Descubrimiento de un Yacimiento de Oro, plata, cobre y
cuarzo denominada «ADÁN», ubicado en el departa-
mento Telsen-Biedma, Provincia del Chubut.
El Informe N° 191/22 de fs. 73 de la Dirección de
Policía Minera, y;
CONSIDERANDO:
Que el Código de Minería en su Art.220º, determina
la depuración automática de los registros de minas va-
cantes;
Que dicha normativa prevé que se considerarán
automáticamente anulados los actuales registros de
minas vacantes, cualquiera sea su causa y tengas o
no mensura aprobada cuando han transcurrido tres (3)
años de su empadronamiento como tales;
Que esta Subsecretaría de Minería se encuentra
facultada para dictar la presente Disposición;
POR ELLO
EL SUBSECRETARIO DE MINERIA
DISPONE:
Artículo 1º.- ANÚLESE la Mina «ADÁN». Los terre-
nos en que se encuentra ubicada esta Mina quedan
FRANCOS e incorporados de pleno derecho y sin car-
go alguno a los permisos de exploración y áreas de
protección o sujetas a contrataciones que eventual-
mente estuvieren vigentes.-
Artículo 2º.- Pase al Departamento de Catastro Mi-
nero para DAR LA BAJA en las Planchetas Catastrales
y tomar vista en la Base de Datos correspondiente, y a
la Dirección de Escribanía de Minas a fin de que tome
razón en los registros pertinentes.-
Artículo 3º.- Regístrese, Publíquese en el Boletín
Oficial por tres (3) veces en el término de quince (15)
días, cumplido ARCHIVESE.-
Abg. Bruno A. RESTUCCIA
Subsecretario de Minería
Ministerio de Hidrocarburos
P: 29-09, 05 y 11-10-22
DISPOSICIONES SINTETIZADAS
SUBSECRETARÍA DE REGULACIÓN Y CONTROL
AMBIENTAL
Disp. N° 193 07-09-22
Artículo 1º.- TENGASE POR ACTUALIZADO el Re-
gistro Número 091 a la empresa NELSON OLIVA S.R.L.,
C.U.I.T. Nº 30-71122576-1, con domicilio en calle Ángel
Freile Nº 135, de la localidad de Comodoro Rivadavia,
Provincia del Chubut, en el REGISTRO PROVINCIAL DE
RESIDUOS PETROLEROS, como Transportista de Resi-
duos Petroleros.-
Artículo 2°.- OTORGUESE el Certificado de Actuali-
zación Anual Nº 035-DGCSSJ-DCAH, a la empresa
NELSON OLIVA S.R.L., como Transportista de Residuos
Petroleros, cuyo vencimiento operará el 30 de diciem-
bre de 2022.-
Artículo 3°.- INCORPÓRESE el Anexo I al Certificado
de Actualización Anual Nº 035-DGCSSJ-DCAH que es-
tablece el listado de vehículos y conductores autoriza-
dos para el transporte de Residuos Petroleros; el que
deberá portar en todo momento el conductor de cada
unidad de transporte.-
Artículo 4º.- FACÚLTESE a la Dirección General de
la Comarca Senguer San Jorge para modificar el Anexo
I del Certificado de Actualización Anual vigente, en vir-
tud de las altas y/o bajas que solicite en su caso, el
regulado.-
Artículo 5º.- La empresa NELSON OLIVA S.R.L.,
deberá comunicar en forma inmediata, dentro de las
DOCE-(12) horas, a este Ministerio de Ambiente y Con-
trol del Desarrollo Sustentable, toda vez que se pro-
duzca un hecho que pueda generar daño al ambiente,
en el marco de lo establecido en el Decreto Provincial
Nº 1151/15.-
Artículo 6º.- La empresa NELSON OLIVA S.R.L.
será responsable de llevar bases de datos digitales
actualizadas, debiendo proceder a su impresión y
firma cruzada por parte del Representante Técnico,
lo cual deberá ser volcado en un Libro de Registros
rubricado y foliado, que será acompañado de la pre-
sentación en versión digital en formato Excel. La
información que deberá constar será la detallada:
generador, fecha de generación, sitio de genera-
ción, categorización, cantidad, transporte interno,
dominio, chofer, transporte externo, domino, chofer,
manifiesto, repositorio/recinto, operador y observa-
ciones. -
Artículo 7º.- La empresa NELSON OLIVA S.R.L.
deberá facilitar a la Autoridad de aplicación los mani-
fiestos de transporte de manera previa a su utiliza-
ción, a efectos de proceder al sellado oficial de los
mismos, sin excepción. No serán considerados váli-
dos aquellos que no cuenten con la intervención de
este Organismo. -
Artículo 8º.- La empresa NELSON OLIVA S.R.L.
deberá presentar a este Ministerio de Ambiente y Con-
trol del Desarrollo Sustentable, en cumplimiento de lo
establecido en el Artículo 6º del Decreto provincial Nº
1005/16 la actualización de la información requerida

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