Subasta Pública Nº 392-0043-SPU18

Fecha de disposición26 Marzo 2019
Fecha de publicación26 Marzo 2019

AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO

Subasta Pública 392-0043-SPU18

CIRCULAR Nº 6 MODIFICATORIA Objeto: LA AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, organismo descentralizado en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS del ESTADO NACIONAL ARGENTINO, convoca a la siguiente SUBASTA PÚBLICA con base y sujeta a aprobación, para la venta del inmueble sito en la Avenida Eduardo Madero Nº 855/955, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 21 \u2013 Sección 97 \u2013 Manzana 38 \u2013 Parcela 9 (parte) y Parcela 10 (parte), con una superficie de TRES MIL CIENTO CINCUENTA METROS CUADRADOS CON VEINTE DECÍMETROS CUADRADOS (3.150,20 m2), según surge del Plano de Mensura M-261-2018), que se relaciona con los CIE Nº 0200001966 y Nº 0200056841. Modificación al Pliego de Bases y Condiciones Particulares: La AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, considera conveniente por razones de oportunidad, mérito y conveniencia, establecer el precio base de subasta en la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUARENTA MILLONES QUINIENTOS MIL (U$S 40.500.000), modificar los plazos para el pago de la Seña y el Pago del Saldo de Precio. En tal sentido se modifican los siguientes artículos del Pliego: ARTÍCULO 10.- PRECIO BASE DE SUBASTA. Se establece como precio base para la subasta del Inmueble, la suma total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUARENTA MILLONES QUINIENTOS MIL (USD 40.500.000). ARTÍCULO 11.- REQUISITOS ADMINISTRATIVOS PARA PARTICIPAR DE LA SUBASTA Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR. B. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES EMERGENTES DEL PLIEGO: La garantía de cumplimiento de las obligaciones emergentes del Pliego deberá ser igual o mayor al importe nominal de: DÓLARES ESTADOUNIDESES SEISCIENTOS SIETE MIL QUINIENTOS (USD 607.500) equivalente al UNO Y MEDIO POR CIENTO (1,5%) del precio base de subasta del inmueble. La garantía por el importe nominal referido precedentemente podrá constituirse en PESOS o DÓLARES ESTADOUNIDENSES de las siguientes formas o combinaciones de ellas, a opción del oferente: a. En la cuenta recaudadora en PESOS de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO (S.A.F 205), abierta en el Banco de la Nación Argentina, conforme se establece en el Art. 57 de la Ley Nº 27.341, a través del Sistema de Recaudación de la Administración Pública Nacional (E-Recauda), mediante la generación de un Volante Electrónico de Pago o Boleta de Pago, para ser pagados en Entidades Bancarias...

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