Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii, 7 de Mayo de 2019, expediente CNT 056761/2013/CA001

Fecha de Resolución 7 de Mayo de 2019
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA VII 56.761/2013 SENTENCIA DEFINITIVA Nº 53909 CAUSA Nº 56.761/2013 - SALA VII - JUZGADO Nº 53 En la ciudad de Buenos Aires, a los 7 días del mes de mayo de 2019, para dictar sentencia en los autos: “S.P.A. C/ PUERTO ENZO CAFÉ S.R.L. Y OTRO S/ DESPIDO” , se procede a votar en el siguiente orden:

LA DOCTORA G.L.C. DIJO: I.- La sentencia de primera instancia que en lo substancial hizo lugar al reclamo incoado con fundamento en las disposiciones de la Ley de Contrato de Trabajo, viene apelada por la demandada PUERTO ENZO CAFÉ S.R.L. y por la parte actora, a tenor de los agravios que expresan a fs. 557/568 y a fs. 546/556, respectivamente.-

También hay recurso del Sr. perito contador quien considera reducidos sus honorarios (fs. 544).-

En virtud de la índole de las cuestiones planteadas ante esta alzada, y por una cuestión de mejor orden metodológico, abordaré los agravios en el orden que sigue, teniendo en cuenta la incidencia que cada uno de ellos representa en la solución del pleito.- II.- En líneas generales la demandada cuestiona que la sentenciante haya considerado acreditado el vínculo laboral invocado por la parte actora. En defensa de su tesitura cuestiona el análisis que en el fallo se hizo, principalmente, de las declaraciones de los testigos.-

A mi juicio no le asiste razón a la apelante.-

En efecto, pese a la cerrada negativa que realizara PUERTO ENZO CAFÉ S.R.L., lo cierto es que los testigos que han declarado en autos, cuyos dichos principales se transcriben en el fallo (v. fs. 533/534) dieron cuenta del desempeño de S. en relación de dependencia en su favor, inserta en una organización que le era ajena, en forma continua, recibiendo sus órdenes y cobrando una contraprestación en total clandestinidad.-

Amén de considerar que constituyen prueba testifical idónea en los términos de los arts. 90 de la Ley 18.345 y 386 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, debe tenerse en cuenta que mediante el informe pericial contable, quedó acreditado que esta codemandada no cumple con los requisitos en cuanto a la regularidad de sus registraciones comerciales y tampoco exhibió el libro de sueldos y jornales del art. 52 de la L.C.T. lo que llevó a la sentenciante a considerar operativa la presunción del art. 55 de dicho cuerpo normativo, en favor de las pretensiones de la parte actora.-

En tales condiciones estimo que debe confirmarse sin más el fallo en este ítem.-

Agrego, en cuanto a las restantes consideraciones vertidas en el escrito sobre esta cuestión, que -tal como la Corte Suprema de justicia de la Nación ha sentado criterio- el juzgador no está obligado a ponderar una por una y exhaustivamente todas las argumentaciones y pruebas agregadas a la causa, sino sólo aquellas que estimare Fecha de firma: 07/05/2019 Alta en sistema: 08/05/2019 Firmado por: N.M.R.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: H.H.K., SECRETARIO Firmado por: G.L.C., JUEZ DE CAMARA #19910990#233058951#20190508113656474 Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA VII 56.761/2013 conducentes para fundar sus conclusiones, ni a analizar todas las cuestiones y argumentos utilizados que -a su juicio- no sean decisivos (conf. CSJN, 29.4.70, La ley 139-617; 27.8.71, La Ley 144-611 y citas jurisprudenciales en "Código Procesal..." M., Tº II-C, Pág. 68 punto 2, Editorial Abeledo - Perrot; art. 386, última parte, del Código Procesal; y de esta S., ver autos: "Bazaras, N. c/ Kolynos"; S.D. 32.313 del 29.6.99).- III.- El planteo que realiza en cuanto al monto de condena llega a mi modo de ver desierto (art. 116 de la Ley 18.345). Lo digo por cuanto la apelante, sólo manifiesta disconformidad por lo resuelto en el fallo, pero no cuestiona la aplicación que allí

se hizo de la presunción contenida en el art. 55 de la Ley de Contrato de Trabajo, y menos aún indica cual sería el monto de...

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