Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 4 de Marzo de 2015

Fecha de Resolución 4 de Marzo de 2015
EmisorCorte Suprema de Justicia
Cita107/15
Número de SAIJ15090091
Número de CUIJ21 - 509890 - 1

S., M.B. c/ COMUNA DE PUEBLO ESTHER -AMPARO- s/ COMPETENCIA Cita: 107/15 Nº Saij: 15090091 Nº expediente: Año de causa: 0 Nº de tomo: 261 Pág. de inicio: 012 Pág. de fin: 013 Fecha del fallo: 04/03/2015 Juzgado: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA (Santa Fe) - Santa Fe Jueces D.A.E.R.H.F.M.A.G.R.F.G.M.L.N.E.G.S.T. > CORTE SUPREMA DE JUSTICIA PROVINCIAL > INCOMPETENCIA T. > AMPARO > ACTOS U OMISIONES DE AUTORIDADES PUBLICAS T. > CLAUSURA DEL ESTABLECIMIENTO Tesauro > COMPETENCIA > CONTIENDA NEGATIVA DE COMPETENCIA Tesauro > JUEZ CIVIL Y COMERCIAL Tesauro > JUEZ DE FALTAS T. > JUEZ > INCOMPETENCIA Tesauro > APELACION CONCEDIDA Tesauro > SENTENCIA NO FIRME PROCESAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA PROVINCIAL. INCOMPETENCIA. AMPARO. CLAUSURA DEL ESTABLECIMIENTO. CUESTION DE COMPETENCIA. JUEZ CIVIL Y COMERCIAL. JUEZ DE FALTAS. JUEZ. INCOMPETENCIA. APELACION CONCEDIDA. SENTENCIA NO FIRME No se encuentra habilitada la competencia que atribuye a este Cuerpo el inciso 5to. del artículo 93 de la Constitución Provincial, en razón de que en autos - amparo pretendiendo la inconstitucionalidad de la clausura de un establecimiento comercial dispuesto por la Comuna- no se presenta un conflicto negativo de competencia entre Jueces de la Provincia que carezcan de superior común; pues la decisión por la cual el titular del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial se declaró materialmente incompetente no ha adquirido firmeza en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora -y concedido por dicho Tribunal-, cuestión que tendrá que ser debidamente resuelta mediante el trámite correspondiente. - REFERENCIAS NORMATIVAS: Constitución Provincial, artículo 93, inciso 5.

Texto del fallo Reg.: A y S t 261 p 12/13.

Santa Fe, 4 de marzo del año 2015.

VISTOS: los autos "SUAREZ, M.B. contra COMUNA DE PUEBLO ESTHER - AMPARO - (EXPTE. 1202/14) sobre COMPETENCIA" (Expte. C.S.J. CUIJ: 21-00509890-1); y, CONSIDERANDO:

  1. Según surge de las constancias de autos, la señora M.B.S. promovió por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décimo Cuarta Nominación de la ciudad de Rosario, "recurso de amparo por mora" contra la Comuna de Pueblo Esther, en el que pretendía que se declare la inconstitucionalidad de la clausura del establecimiento comercial de propiedad de la interesada y se ordene el plazo en el cual debe expedirse el Ente comunal mencionado sobre el reclamo administrativo efectuado por la recurrente en el cual solicitó la...

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