STRIGER, NORBERTO DANIEL c/ FERNANDEZ FLORIANI, RODOLFO s/MEDIDA PRECAUTORIA

Fecha01 Diciembre 2016
Número de expedienteCOM 041615/2014/CA001
Número de registro165614400

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial – Sala F STRIGER, N.D. c/F.F., RODOLFO s/MEDIDA PRECAUTORIA Expediente N° 41615/2014 Buenos Aires, 1 de diciembre de 2016.

Y Vistos:

  1. Apeló la parte actora la resolución de fs. 60/62 que hizo lugar al pedido de caducidad de medidas cautelares deducido a fs. 536 por el accionado, por entender aplicable la previsión del art. 207 CPCC.

    La expresión de agravios corre en fs.67/68 y fue contestada a fs.70/71.

  2. Sabido es que las medidas cautelares carecen de autonomía como tales, están preordenadas a la actuación del derecho sustancial que presuponen y se hallan sometidas al plazo de caducidad previsto por el art 207 del Código Procesal (cfr. “Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, pág. 794 R.A.-J.A.R.).

    OFICIAL USO Por su parte el art. 207 Código Procesal dispone, en lo que aquí interesa resaltar, “… Se producirá la caducidad de pleno derecho de las medidas cautelares que se hubieran ordenado y hecho efectivas antes del proceso, si dentro...

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