Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 23 de Abril de 2019, expediente CAF 53272/2017/CA1

Fecha de Resolución23 de Abril de 2019
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V Expte. N° CAF 53272/2017. “S.C.M.P. Y OTRO c/ EN - M DEFENSA -

EJERCITO s/ PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG”.-

En Buenos Aires, Capital Federal de la República Argentina, a los días del mes de abril de dos mil diecinueve, reunidos en Acuerdo los Señores Jueces de la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, para resolver el recurso interpuesto en el expediente “S.C.M.P. Y OTRO c/ EN - M DEFENSA - EJERCITO s/ PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG” el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:

¿Se ajusta a derecho la sentencia apelada?

El Sr. Juez de Cámara, Dr. G.F.T., dijo: I.- Que mediante la sentencia de fojas 59/63, la jueza de la instancia anterior rechazó la demanda entablada en autos, tendiente a que se incorporaran los suplementos creados por los Decretos Nros. 1305/12 y 855/13 al sueldo, con carácter remunerativo y bonificable.

Impuso las costas en el orden causado.

Para así decidir, sostuvo que “el personal militar y el personal civil, aun resultando dependientes funcionalmente de las Fuerzas Armadas, se encuentran bajo diferentes regímenes legales, en virtud de las circunstancias especiales de cada uno con relación a sus funciones específicas dentro de las Fuerzas, lo que determina, como consecuencia de ello, que se prevean para cada universo, suplementos diferentes y acordes a tales especificidades”. II.- Que la parte actora apeló a fojas 65 y expresó agravios a fojas 69/70, que fueron replicados por su contraria a fojas 72/74.

En su memorial, sostuvo que el “Estatuto para el Personal de la Secretaría de Inteligencia de la Presidencia de la Nación y para el Personal Civil de Inteligencia de los Organismos de las FFAA”

Fecha de firma: 23/04/2019 Alta en sistema: 24/04/2019 Firmado por: GALLEGOS FEDRIANI PABLO , JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.F.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.F.T., JUEZ DE CAMARA #30294673#232508287#20190423092907965 aprobado por el Decreto Nº 1088/03 determinó el parámetro sobre la base del cual se debe determinar la remuneración base del personal civil de inteligencia de las Fuerzas Armadas. En tal sentido, consideró que los suplementos creados por el Decreto Nº 1305/12 y sus modificatorios debían incorporarse al sueldo, con carácter remunerativo y bonificable.

Asimismo, se agravió respecto de la forma en que fueron distribuidas las costas en la instancia de...

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