Stornini - 1801

"STORNINI S.A. Y ACLADE S.R.L. comunican que con fecha de 14 de enero de 2011 se celebró el contrato constitutivo de unión transitoria de empresas, en los siguientes términos: Denominación: "STORNINI S.A.- ACLADE S.R.L- UNIÓN TRANSITORIA DE EMPRESAS". Objeto: Que teniendo la U.T.E por objeto la realización de la obra conocida como la "Licitación Pública Expediente N° 1801-D-2010-77308, "Construcción Gasoducto Paralelo - Azcuénaga - Lunlunta - Maipú - Mendoza"," cuyo contratante es el Gobierno de Mendoza, Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Transporte, Dirección de Ejecución y Control. Domicilio: Luis Pasteur 56, Departamento de Godoy Cruz, provincia de Mendoza, C.P. 5501. Duración: la duración de la UTE será todo el plazo que transcurra desde el momento de la firma del "Convenio" hasta el momento de la conclusión definitiva de la/s obra/s y de todas las actuaciones necesarias relacionadas con la/s misma/s, y la finalización de todas las obligaciones derivadas del contrato/s de obra/s objeto del presente, con la repartición contratante y/o con terceros públicos o privados. Participación: la participación de cada una de las Partes, en la totalidad de los derechos y obligaciones, así como en los riesgos, beneficios o pérdidas, se fija en principio en proporción a sus respectivas cuotas, las que se consignan a continuación, sin más excepciones que las establecidas en el presente "Convenio". La participación o cuotas de cada una de las Partes, se fijan en los porcentajes siguientes: STORNINI S.A. 56%, ACLADE S.R.L. 44% Administración: la administración de la UTE estará encomendada al Comité de Dirección el que estará conformado por un miembro titular y un miembro suplente designado por cada una de las parte. Será función del Comité de Dirección decidir sobre todas las cuestiones que se generen a raíz de la suscripción del Contrato con el Comitente; y todas las cuestiones que se generen a raíz de la ejecución del Contrato. Representación legal: Las partes designan como Representantes Legales a los Sres. Jaime Comadrán y Héctor Osvaldo Carbonari los que se encuentran facultados para actuar en forma conjunta, quienes representarán a la UTE en todos los efectos relativos a la Ejecución de la Obra, a la firma de la oferta y de toda la documentación relativa a la misma, pedir aclaraciones, formular observaciones, impugnar las ofertas y todo cuanto otros actos sean necesarios durante el proceso licitatorio y...

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