Standard Bank Arg. S.A.

Fecha de disposición06 Marzo 2008
Fecha de publicación06 Marzo 2008
SecciónBalances
Número de Gaceta31360

Segunda Sección BOLETIN OFICIAL Nº 31.360 38Jueves 6 de marzo de 2008

NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES Correspondiente al ejercicio terminado el 31-12-2007 presentadas en forma comparativa NOTA I. - DESCRIPCION DEL NEGOCIO DE LA ENTIDAD Y HECHOS SIGNIFICATIVOS OCURRIDOS DURANTE EL PRESENTE EJERCICIO La Entidad tiene por objeto realizar, dentro o fuera del país, y en todos los casos conforme a la normativa que dicte el Banco Central de la República Argentina (en adelante 'BCRA') en ejercicio de sus facultades reglamentarias, todas las operaciones bancarias activas, pasivas y de servicios y cualquier otra actividad que no le sea prohibida por la ley de Entidades Financieras y demás leyes, reglamentos y normas que regulen la actividad bancaria en el lugar de actuación, o por las normas sustanciales que dicte el BCRA en ejercicio de sus facultades, previa autorización en los casos que corresponda.

La Entidad fue constituida con fecha 5 de diciembre de 2005, habiéndose obtenido la autorización de la Inspección General de Justicia con fecha 31 de marzo de 2006. Con fecha 27 de marzo de 2006 el BCRA aprobó la instalación como banco comercial de primer grado, bajo la denominación Standard Bank Argentina S.A. (en adelante la 'Entidad') con sede en la Nº 31.360 39Jueves 6 de marzo de 2008

Las Nobac y Lebac sin cotización se acrecentaron en forma exponencial en función de su tasa interna de retorno de acuerdo a la Comunicación 'A' 4414 del BCRA.

  1. Préstamos al Sector Público-- Préstamos Garantizados y Provinciales Al 31 de diciembre de 2007, se han valuado a su valor presente o técnico, de ambos el menor, con el límite de su valor teórico registrando la diferencia en una cuenta regularizadora de activos, de acuerdo con lo dispuesto por el BCRA en la Comunicación 'A' 3911 complementarias y modificatorias.

  2. Previsión por riesgo de incobrabilidad y por compromisos eventuales Mediante la Comunicación 'A' 2729 y complementarias, el BCRA ha establecido normas para la clasificación de los deudores y sobre previsiones mínimas por riesgo de incobrabilidad, adoptando un criterio de evaluación de clientes basado principalmente en la capacidad de pago de las obligaciones en el futuro.

    La Entidad considera que los niveles de previsionamiento de la cartera cubren razonablemente el riesgo de incobrabilidad de la cartera de préstamos.

  3. Bienes en locación financiera Se han registrado por el valor actual de las sumas no devengadas, calculadas según las condiciones pactadas en los respectivos contratos, aplicando la tasa de interés implícita en ellos.

  4. Bienes de uso y bienes diversos Se encuentran registrados a su valor de costo reexpresado menos las correspondientes depreciaciones acumuladas. La depreciación de los bienes se calcula sobre la vida útil estimada en meses, depreciándose a partir del mes de alta.

    El Directorio de la Entidad considera que el valor registrado de los bienes de uso y diversos, considerados por grupo homogéneo de bienes, no excede su valor de utilización económica, estimado en base a la información disponible a la fecha de emisión de los estados contables.

  5. Bienes intangibles El saldo informado en los estados contables corresponde a Gastos de desarrollo de sistemas y mejoras en inmuebles de terceros, los que se amortizan linealmente en un plazo no mayor a los 36 y 60 meses, respectivamente.

  6. Método de devengamiento de intereses y ajustes El devengamiento de intereses activos y pasivos fue calculado principalmente en forma exponencial.

    La Entidad suspende el devengamiento de intereses cuando la posibilidad de cobro total o parcial es dudosa. Con posterioridad, se reconocen ingresos por intereses en la medida que se cobren y solamente en la situación que esté asegurado el recupero total del préstamo. La clasificación de un préstamo con devengamiento suspendido no es necesariamente una indicación de que el mismo no será recuperable.

    Ciertos activos originados en dólares estadounidenses, según lo establecido en el Decreto Nº 214/ 02 y complementarios y las respectivas circulares del BCRA que instrumentaron los mismos, se ajustan por el coeficiente CER, el cual es publicado mensualmente por el BCRA.

  7. Participación en Otras Sociedades Las participaciónes en Banelco y Visa Argentina S.A. han sido valuada a su valor patrimonial proporcional. Las demás participaciones se encuentran registradas a su valor de costo, con el límite de su valor patrimonial proporcional.

  8. Impuesto a las ganancias Al 31 de diciembre de 2007, no existe cargo de impuesto a las ganancias, dado que a dicha fecha se estima una situación de quebranto impositivo. Asimismo, hasta el ejercicio fiscal 2006 la Entidad posee un quebranto impositivo acumulado de miles de pesos 12.363, el cual podrá ser compensado contra ganancias impositivas futuras surgiendo la obligación de ingresar el impuesto a la ganancia mínima presunta. A la fecha, la composición del mencionado quebranto, según el año de prescripción, es la siguiente:

    Período Fiscal Importe Prescripción 2005 536 2010

    2006 11.827 2011

  9. Impuesto a la ganancia mínima presunta Este impuesto fue establecido por la Ley Nº 25.063 por el término de diez ejercicios anuales a partir del 31 de diciembre de 1998 y constituye una imposición mínima que grava la renta potencial de ciertos activos productivos a la tasa del 1%. La mencionada Ley prevé para el caso de entidades regidas por la Ley de Entidades Financieras que las mismas, deberán considerar como base imponible del gravamen el 20% de sus activos gravados, previa deducción de aquellos definidos como no computables. El artículo 13 de la citada Ley, con la modificación introducida por la Ley Nº 25.360, indica que si como consecuencia de resultar insuficiente el impuesto a las ganancias computable como pago a cuenta del impuesto a la ganancia mínima presunta, procediera en un determinado ejercicio el ingreso de este impuesto, se admitirá, siempre que se verifique en cualesquiera de diez ejercicios siguientes un excedente del impuesto a las ganancias no absorbido, computar como pago a cuenta de este último gravamen, en el ejercicio en que tal hecho ocurra, el impuesto a la ganancia mínima presunta efectivamente ingresado y hasta su concurrencia con el importe a que asciende dicho excedente.

    Al 31 de diciembre de 2007 y 31 de diciembre de 2006, los activos por este concepto ascienden a miles de pesos 14.787 y a miles de pesos 716, respectivamente. A continuación se detalla la composición de dicha suma junto a las fechas estimadas de utilización y/o prescripción:

    Importe Período Fiscal miles de Fecha estimada de utilización Prescripción pesos 2005 48 Períodos fiscales 2008 y 2009 2015

    2006 307 Períodos fiscales 2008 y 2009 2016

    2007 14.432 Períodos fiscales 2008 y 2009 2017

  10. Indemnizaciones por despido Las indemnizaciones por despidos abonadas al personal son imputadas a resultados al momento del pago o devengadas en función a los planes de reestructuración vigentes.

  11. Previsión por otras contingencias Al 31 de diciembre de 2007, las previsiones constituidas en este rubro corresponden a aquellos montos surgidos de demandas judiciales o reclamos contra la Entidad.

  12. Operaciones con instrumentos financieros derivados Las operaciones con instrumentos financieros derivados, se encuentran descriptas en la nota XIII de los presentes estados contables.

  13. Estimaciones contables La preparación de estados contables requiere por parte de la Dirección de la Entidad la realización de estimaciones que afectan activos y pasivos, los resultados del ejercicio y la determinación de pasivos contingentes a la fecha de los mismos. Dado que dichas estimaciones involucran juicios de valor respecto de la probabilidad de ocurrencia de hechos futuros, los hechos y resultados reales pueden diferir de los estimados pudiendo ocasionar pérdidas o ganancias que afectan a los ejercicios subsecuentes.

    NOTA III -- DIFERENCIAS ENTRE LAS NORMAS DEL BCRA Y LAS NORMAS CONTABLES PROFESIONALES EN LA Nº 31.360 40Jueves 6 de marzo de 2008 -- V.N. 33.900 miles de 'Notas del BCRA tasa Badlar + 2.5% vencimiento 6 de enero de 2010', depositados en la Caja de Valores S.A. en cuenta a favor del BCRA como garantía para el desempeño de las funciones de custodio y agente de registro de inversiones de las AFJP.

    -- V.N. 24.000 miles de 'Préstamos garantizados a tasa variable vencimiento 2027' en garantía por el Préstamo BID Nº 1192/0C-AR . Programa Global de Crédito a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa. Comunicación 'A' 4620.

    -- V.N. 12.000 miles de 'Notas del BCRA tasa Badlar + 2.5% vencimiento 6 de enero de 2010', depositados en la Caja de Valores S.A. en cuenta a favor de ROFEX como garantía de operaciones efectuadas en el Mercado a Termino de Rosario.

    -- V.N. 29.100 miles de 'Notas del BCRA tasa Badlar + 2.5% vencimiento 6 de enero de 2010', depositados en la Caja de registración y liquidación del BCRA. en una cuenta a favor del MAE como garantía de operaciones compensadas a término.

    -- V.N. 8.690 miles de 'Notas del BCRA tasa Badlar + 2.5% vencimiento 20 de enero de 2010', depositados en la Caja de registración y liquidación del BCRA en una cuenta a favor del MAE como garantía de operaciones compensadas a término.

    -- $ 752 miles en efectivo depositado como garantía de operaciones efectuadas en el Mercado a Término de Rosario.

    -- $ 9.327 miles depositados como fondo de garantía VISA.

    NOTA V -- REQUERIMIENTO DE LA COMISION NACIONAL DE VALORES PARA ACTUAR COMO AGENTE DE MERCADO ABIERTO.

    El patrimonio de la Entidad al 31 de diciembre de 2007 supera el requerido por la Comisión Nacional de Valores en la Resolución Nº 147/90 para actuar como Agente de Mercado Abierto.

    NOTA VI -- LEY 25.738. ENTIDADES FINANCIERAS LOCALES DE CAPITAL EXTRANJERO Y SUCURSALES DE ENTIDADES FINANCIERAS EXTRANJERAS De acuerdo a lo requerido por la Ley 25.738, y reglamentado por la Comunicación 'A' 3974 del BCRA, las entidades financieras locales de capital extranjero y las sucursales de entidades financieras...

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