Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca - CAMARA FEDERAL DE BAHÍA BLANCA, 17 de Septiembre de 2020, expediente FBB 008787/2017

Fecha de Resolución17 de Septiembre de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE BAHÍA BLANCA

Poder Judicial de la Nación Expte. nro. FBB 8787/2017/CA1 – S.I.–.S.. Previsional Bahía Blanca, 17 de septiembre de 2020.

VISTO: El expediente nro. FBB 8787/2017/CA1, caratulado: “STANCATO, Arnoldo

Héctor, c/ A., s/ Reajustes Varios”, originario del Juzgado Federal de Sanata Rosa; La Pampa,

vuelto al acuerdo en virtud del recurso extraordinario deducido por la demandada contra la

sentencia de fecha 4 de agosto del 2020, y CONSIDERANDO:

El remedio extraordinario intentado por la demandada lo ha sido contra la

sentencia de fecha 4 de agosto de 2020, fundada en lo resuelto por la CSJN en los precedentes

V.

(Fallos: 307:274), “Makler” (M.427.XXXVI), “Elliff” (Fallos: 332: 1914), “Quiroga”

(CSJ 000068/2010 (46Q)/CS1) y “A.C.” (Fallos: 323: 4216).

Cuando, como en el caso, la cuestión ya ha sido decidida por la CSJN en un

sentido contrario al recurrente sin haberse ensayado otros argumentos distintos, la cuestión ha

devenido en insustancial.

Debe tenerse presente que la resolución nro. 203/2016, dictada por A., y el

decreto n 807/2016, instruyeron a los letrados apoderados del organismo a consentir las

ro.

sentencias de segunda instancia que respondan a casos que ya cuentan con criterios consolidados de

la CSJN, y abstenerse de interponer recursos extraordinarios, o desistir de los ya interpuestos, a fin

de evitar un dispendio...

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