Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B, 12 de Diciembre de 2019, expediente FRO 026517/2019/CA001

Fecha de Resolución12 de Diciembre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B

1 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B Civil/Def. Rosario, 12 de diciembre de 2019.

Visto, en Acuerdo de la Sala “B” integrada, el expediente nº FRO 26517/2019, caratulado “STAIGER, E.M. c/ PAMI s/ Amparo Ley 16.986

(originario del Juzgado Federal de la ciudad de Rafaela).

Vienen los autos para resolver el recurso de apelación interpuesto por la demandada (fs. 73/74vta.) contra la sentencia del 24 de septiembre de 2019 que hizo lugar a la acción de amparo y se le ordenó al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP – PAMI) dar la cobertura total del medicamento RILUZOL, necesario para el tratamiento de “ELA”

que padece, dentro de las 24 hs. de notificada la sentencia, con costas a la demandada (fs. 67/72).

Concedido el recurso, se ordenó el traslado de los agravios expresados (fs. 203), que no fue contestado por la actora. Se elevaron los autos a la Alzada (fs. 81/82), recibidos en esta Sala “B”, se dispuso el pase de los autos al Acuerdo y quedaron en condiciones de ser resueltos (fs. 83).

El Dr. Pineda dijo:

  1. ) Se agravió la demandada de la sentencia dictada porque sostuvo que la amparista se encontraba por debajo de los valores solicitados por la reglamentación vigente para el consumo de Riluzol y que la negativa al tratamiento obedeció a ello, puesto que con los resultados de los estudios realizados la droga resulta ineficaz para contrarrestar la enfermedad, surgiendo claro que no es el momento oportuno para tratarse con RILUZOL. Lo contrario implicaría caer en un tratamiento experimental.

    Por tal motivo, consideró que no puso nunca en riesgo a la amparista, ni por acción ni por omisión.

    Se agravió además de la condena en costas por considerarla arbitraria y por colocarla en un riesgo institucional, ya que carece de facultades para autorizar el medicamento sin violar los protocolos de la OMS (fs. 73/74vta.)

    Hizo reserva del caso federal.

  2. ) La actora interpuso la presente acción de amparo contra PAMI Fecha de firma: 12/12/2019 Alta en sistema: 16/12/2019 Firmado por: J.G.T., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.V., Juez de Cámara Firmado por: ANIBAL PINEDA, Juez de Camara Firmado por: A.G., Secretaria de Cámara #33777868#252356623#20191212125615793 (INSSJP) tendiente a que se de cumplimiento con la prescripción indicada por su médica especialista consistente en el medicamento RILUZOL.

    Relató que padece ELA (esclerosis lateral amiotrófica) que le produce una debilidad muscular progresiva. En virtud de su dolencia, posee certificado de discapacidad con diagnóstico “anormalidad de la marcha y de la movilidad, enfermedades de las neuronas motoras” (fs. 10).

    El 27/09/18 su médica tratante, Dra. B., le extendió un certificado en el cual se solicitó realizar estudios complementarios, rehabilitación integral y el medicamento RILUZOL. Además, detalló las devastadoras secuelas de la enfermedad que padece.

    El 16/10/18 la profesional emitió un certificado donde se informó

    una CVF 59% (capacidad vital forzada), valor minimamente por debajo del valor indicado para la continuidad del tratamiento con RILUZOL y se reiteró la necesidad de rehabilitación integral.

    La actora realizó el reclamo vía carta documento en septiembre de 2018, en octubre de 2018 presentó una nota y en mayo de 2019 requirió

    mediante una nueva nota la cobertura médica correspondiente.

    P., por su parte, negó la prestación fundado en que el valor de la CVF es menor a 60%, por lo que no se cumple lo requerido para continuar el tratamiento con el medicamento en cuestión (fs. 6/7).

  3. ) El 30/07/19 INSSJP presentó el informe circunstanciado y negó que haya hecho abuso de discrecionalidad, puesto...

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