Proinsal Srl S/quiebra - Sindico Contador Carlos Alberto Yacobino

EmisorCitaciones y Notificaciones, Concursos y Quiebras, Otros
Fecha de la disposición28 de Octubre de 2008

En la ciudad de Buenos Aires, a 26 de septiembre de 2008.

Cristina Davila, secretaria.

e. 23/10/2008 Nº 584.595 v. 29/10/2008 N° 8

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 8, a cargo del doctor Javier Cosentino, Secretaría Nº 15, sito en Av. R. S.

Peña 1211, P.B de esta ciudad, hace saber que en los autos caratulados Nº 088002 caratulados 'DESARROLLOS FORESTALES SA s/QUIEBRA s/INCIDENTE DE VENTA DEL INMUEBLE SITO EN RUTA 88, la liquidación de los bienes que se efectuará por el procedimiento de mejora de oferta pública comprensiva de los inmuebles de la fallida que se enuncian a continuación: lote 1 y 2 de la Quinta 183, Nomenclatura Catastral Circunscripción 14 sección a quinta 183, perteneciente a la subdivisión de la quinta 37,

Parcela 1-a Partido (076), ubicada en el pueblo de 'Ciudad de Quequen' partido de Necochea con frente a la ruta 88 entre 545 y 549, provincia de Buenos Aires. con una Superficie Total de 41.038,71 m2 . Se tomará como base el importe de $ 220.000 ofrecido por la Sra. Claudia Beatriz Sudol a fs 118/190. Los interesados deberán formular las ofertas en sobre cerrado, en cuya parte exterior deberá constar, en forma legible, la leyenda 'Oferta de mejora en autos Desarrollos Forestales S.A. s/ quiebra s/ incidente de venta planta industrial (expte. Nº 088002)', sin otro dato qué identifique al presentante, y en su interior deberá contener: Nombre de la persona de existencia visible o ideal oferente, precio ofrecido, domicilio real y especial constituido en la jurisdicción del Tribunal, y en su caso, datos personales (profesión, documento, estado civil, edad, etc.), tratándose de sociedades u otras entidades de existencia ideal, se adjuntará copia auténtica del contrato social o instrumento constitutivo y los documentos que acrediten la personería del oferente. El interesado deberá presentar su oferta adjuntando una garantía equivalente al 10% de aquella, que se acreditará con original de la boleta de depósito en el Bco. de la Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Tribunales, en una cuenta a la orden del Tribunal. Integrará el saldo de precio si la oferta fuere finalmente admitida, o se devolverá caso contrario, una vez firme la adjudicación y a petición del interesado.

Una vez efectuada la apertura de los sobres, los oferentes podrán mejorar sus propuestas en la misma audiencia, sin límites, incluyendo al interesadocuyaofertaseutilizacomobaseparael presente llamamiento.En el acto se asentarán las mejoras sin limitación. El Tribunal podrá desechar aquellas ofertas que considere que no resultan significativamente importantes en relación a la anterior, teniendo en cuenta la entidad de los montos en juego y a criterio del Juzgado. La sindicatura se expedirá en dicha audiencia sobre las condiciones de la enajenación y las ofertas realizadas, y la adjudicación recaerá sobre la que el Tribunal considere mejor oferta, y la resolución al respecto será irrecurrible y será notificada por Secretaría en el mismo acto de la audiencia, salvo disposición en contrario del Tribunal. El Saldo de precio deberá depositarse al contado, en pesos, dentro de los cinco días de anoticiado el auto de adjudicación, bajo apercibimiento de declararse postor remiso (CPCC: 584) y de pérdida de garantía en favor de la quiebra, debiendo acreditarlo en autos en idéntico plazo mediante la pertinente boleta de depósito. Sin perjuicio de ello, quien hubiere quedado como segunda postura en la audiencia, será considerado en forma inmediata como adjudicatario en caso de incumplimiento del primero, y así sucesivamente respecto de los restantes. Posesión, deudas, transferencia: la posesión se otorgará una vez integrado el precio, en forma inmediata.

Los gastos que se devenguen en concepto de honorarios, sellados y otros que tengan directa vinculación con las transferencias a realizarse oportunamente por los adquirentes, entendidos por tales las diligencias tendientes a la traslación dominial de los mismos...

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