Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 29 de Mayo de 2018, expediente CAF 023617/2016/CA001

Fecha de Resolución29 de Mayo de 2018
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I Causa nº 23617/2016, “SPICER EJES PESADOS SA c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO”.

Buenos Aires, de de 2018.-FHT.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Que esta sala, mediante el pronunciamiento obrante a fs.

    160/162 vta., admitió el recurso de apelación del Fisco Nacional y revocó la decisión adoptada por el tribunal a quo con los alcances que informan los considerandos V y VI de aquélla.

  2. Que a fs. 165 se presentó la representación letrada de la firma actora y manifestó su voluntad de acogerse al régimen de regularización excepcional de obligaciones aduaneras establecido por la ley 27.260. Allí especificó que el monto a regularizar alcanzaba a la suma de $ 58.069,95, que “forman la pretensión fiscal exteriorizada en el recurso de apelación interpuesto a fs. 117/122, confirmada por la Excma. Cámara mediante sentencia del 1/11/2016” por lo que “[su]

    mandante se allana a ella”.

  3. Que corrido el pertinente traslado, la apoderada del Fisco Nacional sostuvo que no existe en esta instancia “nada que condonar”, toda vez que: (i) a efectos de la aplicación de la ley 27.260 (el artículo 55) debe seguirse el procedimiento establecido en los artículos 4 y 11 de la resolución general AFIP 3920/16; (ii) no es la instancia para peticionar ese beneficio; y (iii) la norma no fue creada para aplicar a los procesos judiciales relacionados con las infracciones al artículo 970 del Código Aduanero (fs. 167/168).

  4. Que a fs. 171/177 la representación de la firma actora informó que pudo adherirse al régimen de regularización excepcional de obligaciones aduaneras establecido por la ley 27.260 por los conceptos y los montos detallados a fs. 165 —$ 58.069,95— y solicitó

    Fecha de firma: 29/05/2018 Alta en sistema: 01/06/2018 Firmado por: DRA. DO PICO - DR. GRECCO - DR. FACIO - , JUECES DE CAMARA - SEC. H.G. #28288879#206665694#20180518093648088 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I Causa nº 23617/2016, “SPICER EJES PESADOS SA c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO”.

    la aplicación del beneficio establecido en el artículo 55, inciso a), de la ley 27.260.

    Más adelante, en una nueva presentación, acompañó el formulario 1003 “Mis facilidades” con el detalle del plan de pagos “I975724” y señaló —en lo que interesa destacar— que: (i) incorporó

    la deuda en el plan de regularización y acompañó las impresiones de pantalla generadas por el sistema de la...

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