Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 2, 9 de Agosto de 2021, expediente CSS 127428/2017/CA001

Fecha de Resolución 9 de Agosto de 2021
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 2

Sentencia Definitiva Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

Expediente Nº 127428/2017

AUTOS: S.A.H. c/ ANSES s/PENSIONES

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los, , reunida la S. Segunda de la Excelentísima Cámara Federal de la Seguridad Social para dictar sentencia en estos autos caratulados S.A.H. c/ ANSES s/PENSIONES, se procede a votar en el siguiente orden:

EL DOCTOR W.F.C. DIJO:

Llegan las presentes actuaciones a esta S. en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la sentencia dictada en la instancia de grado que rechazó la demanda tendiente a obtener el cobro del retroactivo correspondiente a la “Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur” –que perciben los actores, en la actualidad, de conformidad con las disposiciones de la ley 23.848-

desde el inicio del conflicto armado del año 1982 hasta la fecha de alta del beneficio o sanción de las leyes 24.652 o 28.492, según correspondiere, con más los intereses correspondientes.

La recurrente se agravia de la sentencia en cuanto no merituó que el Art. 5 inc.

  1. del Decreto reglamentario 2634/90, excede sus propias facultades, y restringe la voluntad que tuvo en miras el legislador a la hora de promulgar la Ley 23.848.

Sostiene que el mismo comete una grave discriminación en forma arbitraria, entre quienes volvieron del conflicto y quienes perecieron en él, beneficiando a los familiares de estos últimos. En consecuencia, solicita se otorgue el pago de la pensión en cuestión en forma retroactiva a la fecha del cese del conflicto. Para concluir cuestiona la tasa de interés y lo resuelto en cuanto a las costas del proceso.

Tal como ha quedado trabada la litis, la cuestión a resolver consiste en determinar si le asiste derecho a los accionantes en cuanto pretenden un reconocimiento histórico respecto de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur desde el 02/04/1982 hasta la sanción de la ley 24.652, o si por el contrario se confirma lo resuelto por la demandada en cuanto entendió que correspondía el pago únicamente desde la fecha de solicitud del beneficio en cuestión.

Cabe destacar que no se encuentra controvertido que los actores son titulares de la Pensión Honorífica de Veterano de Guerra del Atlántico Sur, de conformidad con lo dispuesto en la ley 23.848 y sus modificatorias.

Fecha de firma: 09/08/2021

Firmado por: N.C. DORADO, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.M.D., SECRETARIA DE CÁMARA

Firmado por: JUAN A FANTINI ALBARENQUE, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: W.F.C., JUEZ DE CÁMARA SUBROGANTE

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 2

La administración denominó a este tipo de...

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