Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A, 16 de Diciembre de 2019, expediente FRO 049127/2016/CA001

Fecha de Resolución16 de Diciembre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A Rosario, 16 de diciembre de 2019.-

Visto en Acuerdo de la Sala “A” el expediente Nº FRO 49127/2016 caratulado “Sourigues, L.E. c/ ANSeS s/ Mora Administrativa”, (originario del Juzgado Federal Nº 1 de la ciudad de Rosario), del que resulta, 1. Vinieron los autos a fin de resolver el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada (fs. 21 y vta.) contra la sentencia de fecha 13 de marzo de 2019 que declaró abstracto el presente amparo por mora iniciado por L.E.S. contra la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS), con costas a la demandada (fs. 19/20 y vta.).

Concedido el recurso, se ordenó el traslado de los agravios (fs.22), que fueron contestados (fs.23). Elevados los autos a la alzada e ingresados en esta Sala “A”, quedaron en condiciones de ser resueltos (fs. 30).

  1. La recurrente se agravió de que la sentencia en crisis condenó en costas a su parte a la vez que declaró abstracto el amparo.

    Señaló que el artículo 21 de la ley 24.463 establece expresamente que las costas en todos los casos serán por su orden. Citó jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

    Y considerando que:

  2. Conforme se desprende de las constancias de la causa, en fecha 31 de julio de 2015 la señora L.E.S. inició el expediente administrativo nro. 024-27-01677966-6-007-000001 para obtener el beneficio de pensión por fallecimiento de quien en vida fuera su cónyuge y el 9 de noviembre de 2016 interpuso pronto despacho contra la ANSeS ante la excesiva demora en la resolución de su trámite (fs. 3 y vta.).

    Fecha de firma: 16/12/2019 Firmado por: F.L.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.G.T., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.C.R., SECRETARIA #29309433#250624276#20191216140358151 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A Luego, en fecha 29 de diciembre de 2016, interpuso acción de amparo por mora de la administración con motivo de la excesiva tardanza en la resolución (fs. 5 y vta.), la que se tuvo por iniciada en los términos del artículo 28 de la ley 19.549. Por su parte, el a quo requirió informe a la ANSeS sobre las causas de la demora y le otorgó diez días para su contestación.

    En fecha 2 de marzo de 2017 la ANSeS acompañó las actuaciones administrativas del trámite jubilatorio, que contienen a fs. 44 la notificación del acuerdo del beneficio, con fecha de alta 10 de febrero de 2017, por lo tanto la cuestión en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR