Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X, 16 de Junio de 2022, expediente CNT 024866/2015/CA001

Fecha de Resolución16 de Junio de 2022
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA X

SENT.DEF. EXPTE.Nº 24866/2015 (59554)

JUZGADO Nº 18 SALA X

AUTOS: “SOTOMAYOR DOMINGO SANTO C/ GALENO ART S.A S/

ACCIDENTE- LEY ESPECIAL”.

Buenos Aires,

El Dr. DANIEL E. STORTINI dijo:

  1. ) Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de esta alzada a propósito de los agravios que contra el pronunciamiento de fecha 20/04/2022 interpusieron el actor y la demandada a tenor de los memoriales digitales subidos al sistema lex 100 en fecha 21/04/2022 y 22/04/2022 respectivamente, con réplica adversaria del actor en fecha 26/04/2022. A su vez la demandada apela la regulación de los honorarios asignados a la totalidad de los profesionales intervinientes por estimarlos elevados.

  2. ) Por razones de orden expositivo trataré en primer término los agravios articulados por la accionada.

    G.A.S. se agravia en virtud de la incapacidad laboral resarcible que fue determinada en primera instancia. Argumenta que no se encuentra demostrado el nexo de causalidad adecuada entre el infortunio de autos y las secuelas incapacitantes que informó el perito médico, resaltando el rechazo que manifiesta haberle comunicado al actor en razón de estimar las dolencias de carácter inculpable.

    Fecha de firma: 16/06/2022

    Firmado por: G.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.P.S., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: D.E.S., JUEZ DE CAMARA

    Este tribunal ya ha sostenido que la causalidad que interesa a la Ley de Riesgos del Trabajo constituye un concepto perteneciente a la órbita de la ciencia jurídica y no de la médica, aun cuando se requiera del conocimiento científico-técnico de la medicina por el cual se convoca a profesionales de esa medicina como auxiliares de la justicia, siendo atribución exclusiva de los jueces, evaluadas las circunstancias de cada caso concreto, la determinación de la existencia y el alcance de dicho nexo (S.D. Nº 262 de esta Sala X en su anterior integración del 18/09/96 in re: “R. de Puoyte Alicia c/ E.N.T.E.L. s/

    accidente-ley 9688”).

    Asimismo y según es criterio de esta Sala, el juez solo puede y debe apartarse del asesoramiento pericial cuando adolezca de deficiencias significativas, sea por errores en la apreciación de las circunstancias de hecho o por fallas lógicas en el desarrollo de los razonamientos empleados que conduzcan a descartar la validez probatoria de la peritación,

    extremos que no surgen del presente (esta Sala X, in re: “S. c/ Industria Plástica Yasban”,

    S.D. Nº 462 del 22/10/96).

    En el caso de autos la perito médica, luego del examen practicado al actor y el análisis de los estudios médicos complementarios, hizo saber que en el orden físico presenta “Inestabilidad articular de rodilla derecha anterior con hipotrofia y limitación funcional” (15% de incapacidad) que le genera una incapacidad física laborativa, incluidos los factores de ponderación, del 16,8% de la t.o. Dicha pericia recibió el cuestionamiento de las partes (fs. 149 y fs. 150), sin perjuicio de lo cual no advierto que aporten datos de valor científico que logren conmover las conclusiones a las que arribara la experta.

    Fecha de firma: 16/06/2022

    Firmado por: G.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.P.S., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: D.E.S., JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

    SALA X

    A lo dicho se agrega la declaración testimonial brindada en fecha 16/12/2021

    por el dicente G.J.D., (que arriba sin cuestionamientos) que resulta eficaz para acreditar las tareas invocadas en la demanda y el accidente que relató al actor al inico como vínculo causal laboral de las secuelas informadas por la experto médica (arts. 90 L.O.

    y 386 C.P.C.C.N.). O. que G. explicó trabajaba junto con el actor en el...

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