Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 12 de Marzo de 2019, expediente CAF 007557/2018/CA001

Fecha de Resolución12 de Marzo de 2019
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V Expte. 7557/2018 “SOTO, J.H. c/ PNA s/

RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO”

Buenos Aires, de marzo de 2019.-

VISTO:

El recurso extraordinario interpuesto por la parte actora a fojas 232/237, replicado por la contraria a fojas 247/248, contra la resolución de fojas 227/229, y; CONSIDERANDO:

  1. Que a fojas 227/229 esta S. rechazó el recurso interpuesto por la parte actora, en consecuencia, confirmó la Disposición DJPM AY1 Nº 57/2016 por el Prefecto Nacional Naval que impuso al Patrón de Pesca Costera de Marina Mercante Nacional, J.H.S., una sanción de multa $15.000, en los términos del artículo 62 inciso b) de la Ley 24.922 y una suspensión de cinco (5) días de acuerdo al art. 62 inciso c) de la norma señalada.

    Para así decidir, sostuvo que no había trascurrido el plazo de prescripción de cinco años previsto en el artículo 74 de la Ley nº

    24.922, de conformidad con lo dictaminado por el F. General.

  2. Que a fojas 232/237 la actora interpuso recurso extraordinario federal contra la sentencia de fojas 227/229.

    En su recurso, manifestó que la Sala aplicó la norma incorrecta en materia de prescripción respecto de las sanciones previstas en la Ley Nº 24.922. Considera aplicable al caso el REGINAVE ya que la previsión legal que regula la prescripción es de tres años (3) años y no los cinco (5) años que regula la Ley 24.922 en el art. 74 aplicado en estos autos.

  3. Que atento a ello, se advierte que la decisión de este Tribunal se encuentra sustentada en cuestiones de derecho procesal, en este caso la prescripción respecto de las sanciones administrativas, constitutiva de una materia propia de los jueces y ajena, como principio, al Fecha de firma: 12/03/2019 Alta en sistema: 15/03/2019 Firmado por: G.F.T., JUEZ DE CAMARA Firmado por: GALLEGOS FEDRIANI PABLO , JUEZ DE CAMARA...

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