SOSA MOLINE Amilcar Sebastian c/EIDICO S.A. s/Amparo

Fecha de la disposición30 de Agosto de 2013

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL Nº 3

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 3, a cargo del Dr. Jorge Silvio Sicoli, Secretaría Nº 6, a mi cargo, sito en Callao 635 Piso 6º de esta Capital Federal, hace saber a los consorcistas del Barrio Cerrado Santa Catalina de Benavidez, Tigre, Provincia de Buenos Aires que en los autos “Sosa Moliné, Amílcar Sebastián c. Eidico S.A. s/Amparo” (Expediente Nº 99507) se pretende la declaración de nulidad de la cláusula 27.11 del reglamento de copropiedad y administración provisorio, pudiendo hacer valer sus derechos dentro de los diez días en los términos del artículo 94 del CPCCN...

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