Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala H, 20 de Mayo de 2022, expediente CIV 098818/2019/CA001

Fecha de Resolución20 de Mayo de 2022
EmisorCamara Civil - Sala H

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H

98818/2019

SOSA, MARIO ALBERTO c/ LUNA, A.C. Y OTRO

s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Buenos Aires, de mayo de 2022.- LJM/RM.vis VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Las presentes actuaciones fueron elevadas al acuerdo de Sala a fin de resolver el recurso de apelación interpuesto por el codemandado “A.C.L., contra la providencia que declaró

extemporánea la contestación de la demanda.

La recurrente señala que le causa agravio lo decidido por el magistrado de grado. Manifiesta que a la fecha en que se diligenció la cédula que notificó el traslado de la demanda no se domiciliaba en el inmueble sito en la calle La Rioja 1065 Piso 4° Dto. “C” (CABA),

que es de propiedad de su nieto y que se encontraba alquilado.

De las constancias obrantes en autos surge que el codemandado A.C.L. fue notificado por cédula bajo responsabilidad de la parte actora con fecha 24 de noviembre de 2020, y que se presentó

a contestar la demanda con fecha 16 de marzo de 2021, es decir 4

meses después de haber sido notificado y sin haber realizado ningún planteo nulidificatorio de la mencionada notificación.

En dicho contexto procesal se señala que tal como lo resolvió el magistrado de grado la contestación de la demanda resulta manifiestamente extemporánea, puesto que cualquier vicio o defecto que pudiere haber tenido la notificación de la demanda quedó

convalidado al no haberse efectuado en legal tiempo y forma planteo alguno (arg. art. 170 del Código Procesal).

Por último, se señala que la codemandada luego de haberse declarado la extemporaneidad de la contestación de la demandada se limitó a señalar que no vivía en el domicilio en el que se le notificó el Fecha de firma: 20/05/2022

Firmado por: L.E.A.D.B., JUEZ DE CAMARA

Firmado...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR