Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala J, 14 de Junio de 2019, expediente CIV 060365/2010/CA001

Fecha de Resolución14 de Junio de 2019
EmisorCamara Civil - Sala J

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA J 60365/2010 SOSA DANIEL ESTEBAN Y OTROS c/ SERVICIO DE AGUA Y MANTENIMIENTO EMPRESA DEL ESTADO PROVINCIAL Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS (ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Buenos Aires, 14 de junio de 2019. JC AUTOS Y VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

En forma liminar corresponde destacar que la documental que el recurrente arrimara a fs. 276/277 en oportunidad de esbozar su críticas, y posteriormente a requerimiento del juzgado a fs. 284/290, no serán tenidas en cuenta por el tribunal a los efectos de la dilucidación del recurso bajo análisis. Es que, en el caso de la apelación concedida en relación, no se admite la apertura a prueba ni la alegación de hechos nuevos (conf. art. 275 del Código Procesal ), extendiéndose esa veda a la agregación de documental, en tanto rige de manera absoluta la prohibición del “ius novorum”, pues la alzada tiene una función revisora pero no renovadora del proceso (Palacio, Lino E, “Derecho Procesal Civil”, T. V, p. 82, Ed. Abeledo – P., limitada eminentemente al examen de justicia o regularidad de la sentencia impugnada...

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