SORREQUIETA, JUAN CARLOS c/ ANSES s/MORA ADMINISTRATIVA
Número de expediente | FRO 029467/2016/CA001 |
Fecha | 07 Noviembre 2017 |
Número de registro | 192982421 |
1 Poder Judicial de la Nación Prev./Int. Rosario, 7 de noviembre de 2017. .
Visto, en Acuerdo de la Sala “B” el expediente n° FRO 29467/2016 “SORREQUIETA, J.C. c/ ANSES s/ Mora Administrativa” (del Juzgado Federal N° 1 de Rosario).
Vienen los autos a fin de resolver el recurso de apelación interpuesto por la demandada (fs. 18 y vta.) contra la resolución del 27/09/2016, que declaró abstracto el amparo por mora iniciado por J.C.S. contra la Administración Nacional de la Seguridad Social, con costas a la demandada (fs. 16/17.).
Concedido y fundado el recurso, se ordenó correr traslado a la contraria (fs. 19) y contestado que fuera (fs. 20/22/vta.) se elevaron los autos a la alzada, e ingresados por sorteo informático en esta Sala “B”, quedaron en condiciones de ser resueltos (fs. 27).
La Dra. V. dijo:
-
) Expresa la recurrente que le agravia la condena en costas a su parte, considerando que deben ser soportadas en el orden causado como numerosa jurisprudencia así lo sostiene y más aún cuando la actora no se encontraba obligada a litigar.
Invoca el artículo 21 de la ley 24.463 que establece expresamente que las costas en todos los casos serán por su orden (fs. 18).
-
) En lo que refiere a la distribución de las costas en el amparo por mora, este Tribunal ha resuelto que quien hubiere incurrido en mora o por su culpa hubiere dado lugar a la reclamación, debe cargar con las costas motivadas por su morosidad o culpabilidad (art. 70 inc. 1° C.P.C.C.N., aplicable al no existir norma específica referida a costas en esta acción por mora) (Acuerdos de esta Sala “B” Nros. 1342/08; 1333/08; 586/10; 88/11; 406/13, entre otros)
La imposición de costas debe interpretarse como constitutiva de un resarcimiento de los gastos ocasionados al que se vio forzado a litigar, que debe razonablemente ponerse a cargo de quién dio lugar al litigio. Dice C. respecto de las costas que: “Es necesario impedir que aquel que se Fecha de firma: 07/11/2017 Alta en sistema: 08/11/2017 Firmado por: J.G.T., Juez de Cámara Firmado por: EDGARDO BELLO, Juez de Cámara Firmado por: E.V., Juez de Cámara Firmado por: M.A.P., Prosecretaria de Cámara #28712276#192982421#20171107110128269 encuentra en la necesidad de servirse del proceso para obtener la razón sufra daños por el tiempo y por el gasto requeridos: la necesidad de servirse del proceso para obtener la razón no debe volverse en contra de quién tiene la razón; este es el principio.” (Instituciones II, p. 165, citado en el “C.P.C....
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba