Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III, 21 de Junio de 2016, expediente CAF 048216/2015/CA001

Fecha de Resolución21 de Junio de 2016
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala III

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA III 48216/2015 SORIANO, M.E. c/ CPACF- s/EJERCICIO DE LA ABOGACIA - LEY 23187 - ART 47 Buenos Aires, 21 de junio de 2016.- MST AUTOS Y VISTOS:

La presentación de fs. 201/206vta. Y; CONSIDERANDO:

  1. Que, a fs. 201/206vta., la parte actora interpone recurso de reposición in extremis contra la providencia de fs. 200 –

    que declaró la extemporaneidad del recurso extraordinario que articuló contra la sentencia dictada en autos- y, en subsidio, recurso ordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

    Al respecto, cabe destacar que el recurrente, sustancialmente, postula que los plazos para la interposición del recurso extraordinario federal debían suspenderse hasta tanto se resolvieran los recursos de queja en trámite ante la Corte Suprema.

  2. Que, ahora bien, corresponde consignar que, según surge de la compulsa de las presentes actuaciones, esta S. dictó

    sentencia el 26 de noviembre de 2015 (confr. fs. 146/149vta.), que fue notificada –al actor- en fecha 30 de noviembre de 2015 (confr. fs. 150 y fs. 152) en tanto que, por escrito presentado el 26 de mayo de 2016, el aquí recurrente interpuso recurso extraordinario contra el pronunciamiento definitivo dictado en autos (confr. fs. 179/199vta.).

    Ello así y, sin perjuicio de los demás remedios intentados –con antelación al recurso extraordinario- contra la sentencia de esta S., se impone recordar que el art. 285 del Código Procesal dispone que mientras la Corte no haga lugar a la queja no se suspenderá el curso del proceso, por lo que, de conformidad con Fecha de firma: 21/06/2016 Firmado por: J.E.A., JUEZ DE...

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