Partido Solidaridad y Unidad por la Republica - Distrito Tierra del Fuego

Fecha de publicación30 Septiembre 2009
Fecha de disposición30 Septiembre 2009
SecciónCuarta Sección - Judiciales
Número de Gaceta31748

SERVICIOS PÚBLICOS. Contrato de Concesión de Obra Pública. Peaje. Renegociación. PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN. Dictamen. Cuestión técnica. Cuestión política.

Las medidas respecto del Acuerdo alcanzado con la empresa Hidrovía S.A., en el marco del proceso de renegociación del Contrato de Concesión de Obra Pública por peaje para la modernización, ampliación, operación y mantenimiento del sistema de señalización y tareas de redragado y mantenimiento de la Vía Navegable Troncal, comprendida entre el Km. 584 del Río Paraná, tramo exterior de acceso al Puerto de Santa Fe y la zona de aguas profundas naturales en el Río de la Plata exterior hasta la altura del Km. 205,3 del Canal Punta Indio por el Canal Ingeniero Emilio Mitre, aprobado por Decreto Nº 253/95, han merecido un tratamiento completo y suficiente por parte de la Unidad de Renegociación y Análisis de Contratos de Servicios Públicos (UNIREN), fundamentalmente en la oportunidad de producirse el denominado Informe de Evaluación de la Audiencia Pública. Allí se ha dado respuesta a observaciones sustanciales, las que, a su vez, han resultado recogidas en el Acta Acuerdo sometida a consideración de este Organismo Asesor.

En virtud de ello, no existen reparos de orden jurídico que formular a la prosecución del presente proceso de renegociación, toda vez que se han cumplido en la especie la totalidad de los recaudos exigidos para llevar a cabo procesos de renegociación de contratos de servicios públicos, dentro del marco establecido legal y reglamentariamente.

La Procuración del Tesoro de la Nación no entra a considerar los aspectos técnicos de las cuestiones planteadas, por resultar ello ajeno a su competencia.Su función asesora se encuentra restringida al análisis de las cuestiones de Derecho y su aplicación al caso concreto, quedando libradas las apreciaciones sobre cuestiones técnicas a la autoridad administrativa con competencia en la materia (conf. Dict. 245:359, 381).

Excede la esfera de las atribuciones de la Procuración del Tesoro de la Nación abrir juicio sobre las cuestiones de carácter técnico-económico que otorgan fundamento a los proyectos que se ponen a su consideración, máxime si han sido objeto de análisis por las oficinas técnicas con competencia específica (conf. Dict. 244:466, 468 y 854).

La conveniencia de dictar un acto administrativo como el que se propone --renegociación de un Contrato de Concesión de Servicios Públicos-- atañe al ejercicio de atribuciones de prudencia política, propias de la autoridad competente para resolver, que excede el marco de la incumbencia exclusivamente jurídica de la Procuración del Tesoro de la Nación.

Dict. Nº 99/09, 21 de mayo de 2009. Expte. Nº S01:0004253/05. Ex Ministerio de Economía y Producción. (Dictámenes 269:164).

Exp. CUDAP Nº S01:0004253/05

Nro. Original: MEMO-S01: 0001088/2005 ex Ministerio de Economía y Producción Buenos Aires, 21 May 2009.

Señor Secretario...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR