Sentencia de Sala B, 10 de Julio de 2015, expediente FRO 019338/2015

Fecha de Resolución10 de Julio de 2015
EmisorSala B

1 Poder Judicial de la Nación Ac.P./Def.. Rosario, 10 de julio de 2015.

Visto en Acuerdo de la Sala “B” de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario integrada, el expediente N° FRO 19338/2015, “TOGNOLI, H.D. s/ habeas corpus” (originario del Juzgado Federal n° 3 de la ciudad de Rosario, Secretaría “B”).

Y Considerando que:

  1. ) L. corresponde expedirnos acerca de la inhibición solicitada por la integrante de la Sala “B” de esta Cámara Federal, Dra. E.I.V., en virtud de lo normado por el art. 55 inc. 8 del CPPN.

    Resulta de público conocimiento la existencia de una denuncia penal impulsada por el Dr. R. en ejercicio de la defensa de H.D.T. con relación a los vocales de la Sala “B” de este tribunal de alzada, D..

    E.I.V. y E.B. que, de acuerdo a las constancias obrantes en el sistema de gestión Lex 100, dio origen en fecha 02/06/15 a los autos “NN Rabinovich, A.M. s/ su denuncia s/ a determinar”, expte. nro.

    12393/2015.

    Ello así, teniendo en cuenta que el proceso de denuncia tuvo inicio anterior a la acción ahora en trato, se configura la causal invocada, y corresponde hacer lugar al apartamiento solicitado.

  2. ) Por resolución de fecha 10 de julio del corriente, el titular del Juzgado Federal n° 3, Dr. C.V.B., declaró la incompetencia territorial del juzgado a su cargo para entender en la presente acción de habeas corpus intentada por el Dr. A.M.R., defensor de H.D.T., en lo atinente a lo manifestado en relación al lugar de detención (cf. Art.

    10, ley 23.098), y dispuso asimismo desestimar la misma acción “…con respecto a lo manifestado en el penúltimo párrafo de la presentación efectuada”, remitiendo las actuaciones en consulta a este Tribunal.

  3. ) Expresa el denunciante que plantea la acción en virtud del agravamiento en las condiciones de salud física, psíquica y metabólica de su asistido H.D.T., a raíz de su detención intramuros, conforme Fecha de firma: 10/07/2015 Firmado por: L.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.L.B., Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: ANTE MI M.V.V., SECRETARIA DE CAMARA desarrolla. Solicita que el juez a quo disponga los medios para que su defendido sea trasladado en forma urgente con habilitación de la feria judicial para ser examinado por los especialistas a que refiere, que integran el cuerpo médico forense dependiente de esta Cámara Federal de Apelaciones, en Rosario y no en el Hospital Zonal de la ciudad de Santa Fe para el posterior análisis de sus conclusiones por el magistrado, el presentante y el ministerio...

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