Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 11 de Julio de 2018, expediente FTU 021096/2018/CA001

Fecha de Resolución11 de Julio de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE TUCUMAN - SECRETARIA PENAL

21096/2018 SOLICITANTE: SOTELO RAMOS, RODOLFO Y OTROS s/HABEAS CORPUS Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN San Miguel de Tucumán, de 2018.

AUTOS Y VISTO: Para resolver el Recurso de H.C. venido en consulta a este Tribunal; y CONSIDERANDO:

I) Que los presentes autos son elevados en consulta a este Tribunal atento lo dispuesto por resolución de fecha 13 de junio de 2018, de conformidad a lo preceptuado por el art. 10 de la Ley 23.098, en razón de haberse declarado la incompetencia de la justicia federal para entender en la presente acción de Hábeas Corpus, intentada por R.S.R. y otros internos alojados en el servicio penitenciario de la provincia de Catamarca.

Que a fs. 8/16 se presente el representante del Ministerio Público de la Defensa acompañando la presente acción de hábeas corpus.

Manifiesta que la acción impetrada, de carácter correctivo y colectivo, se debe al agravamiento en las condiciones de detención de los amparados ya que los mismos se encuentran sin trabajo en el penal.

A fojas 43/44 el Juez “a quo” resolvió declarar la incompetencia de la justicia federal para entender en la presente acción impetrada, al entender que el acto lesivo provendría de autoridad provincial.

A fs. 45/49 apela el MPD expresando agravios a fs.

62/67.

Fecha de firma: 11/07/2018 Firmado por: DRA. M.C., JUEZA DE CAMARA Firmado por: F.L.P., JUEZ DE CAMARA SUBROGANTE Firmado(ante mi) por: DRA. L.E.I., SECRETARIA PENAL DE CAMARA #31848629#210996267#20180710093600672 21096/2018 SOLICITANTE: SOTELO RAMOS, RODOLFO Y OTROS s/HABEAS CORPUS Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN Manifiesta la defensa que lo dispuesto por el a quo causa un gravamen irreparable a los intereses que representa dicho ministerio.

Entiende que las autoridades del servicio penitenciario provincial de Catamarca actuaron en el presente caso como auxiliares de la justicia federal, razón por la cual corresponde el fuero de excepción.

Que corrida vista al Sr. Fiscal General ante la Cámara, la misma es evacuada a fojas 57, entendiendo que cabe revocar la resolución del a quo y declarar la competencia de la justicia federal en los presentes autos.

II) Ahora bien, consideramos que corresponde revocar la resolución venida en consulta en cuanto declara la incompetencia de la Justicia Federal para entender en la presente acción de hábeas corpus.

Al respecto cobra importancia lo sostenido por el Procurador General de la Nación en varios dictámenes por ante la Corte...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR