SOLICITANTE: HEREDIA, FLAVIA LORENA s/HABEAS CORPUS

Fecha16 Diciembre 2016
Número de expedienteFRO 045683/2016/CA001
Número de registro169135077

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional 1 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO – SALA B Ac.P./Def.. Rosario, 16 de diciembre de 2016.

Visto en Acuerdo de la Sala “B” integrada de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario el expediente N° FRO 45683/2016/CA1, “HEREDIA, F.L. s/ habeas corpus” (originario del Juzgado Federal n° 3 de la ciudad de Rosario, Secretaría A).

Y Considerando que:

  1. ) Por resolución de fecha 15/12/16, el titular del Juzgado Federal n° 3 de la ciudad de Rosario, Dr. C.V.B., desestimó con costas por su orden la acción de habeas corpus planteada por el Dr. R.A.S. en representación F.L.H. (fs. 6/9) y dispuso remitir las actuaciones en consulta a este Tribunal (cf. arts. 10 y 23 ley 23.098).

    Para resolver como lo hizo, el juez a quo tomó en consideración el relato de hechos realizado por el solicitante y la respuesta dada a los informes requeridos a distintas fuerzas de seguridad en torno a la existencia de orden de detención o captura vigente con respecto a F.L.H. y autoridad que pueda haberla dispuesto. Con base en dichos elementos concluyó que la acción intentada no resulta procedente, en tanto el habeas corpus no resulta apto para impugnar decisiones judiciales, siendo que el Código Procesal Penal de la Nación en el caso, prevé los remedios AL ICI adecuados para su cuestionamiento y posterior revisión por un tribunal OF superior. Citó jurisprudencia en aval de sus fundamentos.

    SO 2°) Al deducir la acción, expresa el presentante que plantea habeas corpus preventivo en favor de F.L.H. en razón de haber tomado conocimiento de la existencia de una amenaza a su libertad física, la que entiende ilegítima...

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