Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A - SECRETARIA PENAL, 17 de Marzo de 2022, expediente FCB 003313/2022/CA001
Fecha de Resolución | 17 de Marzo de 2022 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A - SECRETARIA PENAL |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A
FCB 3313/2022/CA1
Córdoba, 17 de marzo de 2022.-
Y VISTOS:
Estos autos caratulados “GONZALEZ, F.R.
y VELASCO FATHALA, C.S. S/ HABEAS CORPUS” (EXPTE.
FCB N° 3313/2022/CA1) elevados en consulta a la Sala A de este Tribunal en virtud de la resolución dictada con fecha 23 de febrero del 2022 por el Juzgado Federal N° 2 de Córdoba, en cuanto dispuso “…RECHAZAR LAS ACCIONES DE
HABEAS CORPUS interpuestas por el Sr. G. y por la Sra. V.F. y elevar, en consulta, a la Excma.
Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, todo lo actuado (cfme. art. 10 Ley 23.098).
Y CONSIDERANDO:
-
Se inician la presente con fecha 21.2.2022 a partir de los escritos de interposición de una acción de habeas corpus preventivo por parte de los Sres. F.R.G. y C.S.V.F..
De la lectura de ambas presentaciones surge que los mencionados peticionantes denuncian que se encuentran con grave afectación a su libertad y vulneración de derechos y garantías constitucionales ocasionadas por la Decisión Administrativa 1198/2021, dictada por el Jefe de Gabinete de Ministros de la Nación, y las Resoluciones derivadas de la ley N° 10.690, que imponen el denominado “PASE LIBRE COVID 19”.
En tal sentido, afirman los accionantes que, “…
ambas normativas, a nivel nacional y provincial, turban y limitan la libertad, como así también vulneran garantías constitucionales fundamentales, motivo por el cual,
entienden que, se encuentran satisfechos los requisitos de procedencia de la presente acción, art. 3, LEY N° 23.098 a saber: Se trata de una acción -una norma de la autoridad Fecha de firma: 17/03/2022
administrativa- que directamente, de modo actual e Firmado por: E.Á., JUEZ DE CÁMARA
Firmado por: I.M.V.F., JUEZ DE CAMARA
Firmado(ante mi) por: C.L.A., Secretaria de Cámara #36237178#319119911#20220317125125829
inminente, en forma ilegal y arbitraria, causa graves restricciones y amenaza la libertad personal, así como otros derechos y garantías constitucionales…”.
En definitiva, solicitaron que se dejen sin efecto respecto de sus personas las resoluciones citadas o,
en su defecto, que se los exima de exhibir y/o portar la acreditación y el denominado “Pase Sanitario-Certificado de Vacunación” impuesto por la Disposición Nacional Nro.
1198/2021 y por las Resoluciones del Gobierno de la Provincia de Córdoba, a fin de poder realizar actos de la vida civil y cotidiana.
Igualmente, requirieron que, en el hipotético caso de que no se hiciera lugar a la petición anterior, se arbitren las medidas necesarias para que la...
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