Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala D, 16 de Diciembre de 2020, expediente CIV 069749/2019/CA001
Fecha de Resolución | 16 de Diciembre de 2020 |
Emisor | Camara Civil - Sala D |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA D
Sala “D” - Autos: “Solazzi, C.L.c.S., M. s/
Homologación de acuerdo de mediación” (expte. n°
69.749/2019 – J. n° 25)
Buenos Aires, de diciembre de 2020. DP
VISTOS
Y CONSIDERANDO:
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Viene el expediente digita y en soporte papel a este Tribunal en virtud de los siguientes recursos de apelación: a) el interpuesto en subsidio por el señor M.S. a fojas 25/28 (23/10/2019), contra los decretos de fojas 11 (25/09/2019) y 14 (7/10/2019) que homologa el convenio obrante a fojas 7/9 e íntima de pago en los términos del artículo 648, respectivamente, mantenidos a fojas 60/63 (27/12/2019);
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los interpuestos en subsidio por la señora C.L.S. a foja 64/66 (3/02/2020) y por la señora Defensora de Menores e Incapaces a fojas 80 (12/03/2020), mantenido con fecha 27 de noviembre de 2020 por la señora Defensora de Menores e Incapaces de Cámara, contra el apartado 3 de la resolución de fojas 60/63 (27/12/2020) que no hizo lugar al pedido de retención directa de la cuota alimentaria, mantenido a fojas 78 (19/02/2020) y c) el interpuesto por la D.F.R.C. contra los honorarios regulados a fojas 72 (11
de febrero de 2020).
Con el escrito obrante a fojas 25/28
(23/10/1019), el señor S., funda el recurso allí interpuesto.
Su traslado, conferido a fojas 40 (14/11/2019), fue contestado a fojas 54/57 (2/12/2019). Solicita se revoquen los decretos de contra los decretos de fojas 11 (25/09/2019) y 14 (7/10/2019)
que homologa el convenio obrante a fojas 7/9 e íntima de pago en los términos del artículo 648, por las razones allí expuestas las que en honor a la brevedad corresponde remitirse.
A su turno, la señora Solazzi con el escrito obrante a foja 64/66 (3/02/2020) funda el recurso allí
interpuesto. Solicita se revoque el apartado 3 de la resolución recurrida y se haga lugar a la retención directa de la cuota alimentaria.
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Recurso de apelación interpuesto en subsidio contra los decretos contra los decretos de fojas 11
(25/09/2019) y 14 (7/10/2019) que homologa el convenio obrante a fojas 7/9 e íntima de pago en los términos del artículo 648, respectivamente, mantenidos a fojas 60/63
(27/12/2019):
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El tribunal de apelación no se encuentra obligado a seguir a los litigantes en todas sus argumentaciones, ni a refutar éstas una por una, en tanto Fecha de firma: 16/12/2020
Alta en sistema: 17/12/2020
Firmado por: P.B., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: G.M.P.O., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: J.P.R., JUEZ DE CAMARA
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