Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III, 19 de Septiembre de 2017, expediente CAF 078235/2016/CA001

Fecha de Resolución19 de Septiembre de 2017
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala III

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA III 78235/2016 SOLARI, P. c/ EN - M JUSTICIA Y DDHH s/INDEMNIZACIONES - LEY 24043 - ART 3 Buenos Aires, 19 de septiembre de 2017.

Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que, por Resolución Nº 611 de fecha 8 de agosto de 2016, que obra agregada a fs. 174/175, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos denegó el beneficio previsto por la ley Nº 24.043 y sus modificatorias a la Sra. P.S..

    Al respecto, se consignó que la Secretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural había sostenido que, del análisis de las pruebas incorporadas, no surgían elementos que permitan inferir que los padres de la solicitante hayan visto restringida su libertad, ni un temor fundado en razones de persecución política, padecida en forma directa y personal, en el sentido de que se hubiesen visto compelidos a extrañarse, como única alternativa razonable para salvaguardar sus vidas, su integridad física o su libertad y que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de ese Ministerio había reforzado el criterio denegatorio de la Secretaría en la medida en que había observado que, ante la carencia de un texto legal expreso que consagre el derecho pretendido, correspondía rechazar la petición deducida por el período de exilio invocado.

  2. Que, por escrito de fs. 192/200 vta., la Sra. P.S. interpuso recurso de apelación directa contra la citada Resolución MJyDDHH Nº 611/16 y, al efecto, sustancialmente invocó: que al momento de secuestro de sus tíos M.J.A. y E.L. ocurrido el 8/8/77, sus padres vivían en la misma casa en la Ciudad de C. y que su mamá se encontraba embarazada de ella; que, esa noche la pasaron fuera de su hogar y que al regresar al día siguiente, se encontraron con un camión del Ejército en la puerta de su casa, por lo que tuvieron que salir del país. Relata Fecha de firma: 19/09/2017 Alta en sistema: 25/09/2017 Firmado por: J.E.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.M.G., JUEZ DE CAMARA #29220171#181783216#20170919121808753 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA III 78235/2016 SOLARI, P. c/ EN - M JUSTICIA Y DDHH s/INDEMNIZACIONES - LEY 24043 - ART 3 que con quince días de vida partió con su mamá y su hermano el 11/9/77, que a sus primos, hijos de sus tíos, les fue concedido el beneficio establecido por la ley 24411, dado que existían antecedentes y legajos de su tío en la División de Inteligencia (DIPPBA). Y, plantea la...

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