Solares de Tigre S.A. S/quiebra

Fecha de disposición18 Junio 2010
Fecha de publicación18 Junio 2010
SecciónCuarta Sección - Judiciales
Número de Gaceta31927

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 18, Secretaría nro. 35, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, 3º Piso de la Ciudad de Buenos Aires, hace saber por cinco días que con fecha 14 de mayo de 2010 se. resolvió decretar la quiebra de Mahakali SRL, con , CUIT Nº 3070987410-8; haciéndose saber a los acreedores que el síndico Silvia Inés Trombetta con domicilio en Viamonte 1337, 2º piso 'B' de esta Ciudad recepcionará hasta el día 6 de septiembre de 2010 sus solicitudes de verificación y los títulos justificativos de sus créditos. El informe individual previsto por el art. 35 L.C.Q. deberá presentarse el día 18 de octubre de 2010 y el informe general del art. 39 L.C.Q. el día 29 de noviembre de 2010. Se ha dado orden e intimado a la fallida para que entregue sus bienes al síndico; cumpla los requisitos a que se refiere el art. 89 de la ley de concursos; entregue al síndico dentro de las 24:00 hs. sus libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad;

y constituya domicilio procesal en esta ciudad dentro de las 48:00 hs., bajo apercibimiento de tenérselo por constituído en los estrados del Juzgado. Asimismo, se ha decretado la prohibición de hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces. El presente se libra por mandato de SS en los autos caratulados: 'Mahakali SRL s/Quiebra' Expte. Nº 056780, en trámite por ante este Juzgado y Secretaría.

Buenos Aires, 1 de junio de 2010.

Santiago Doynel, secretario.

e. 14/06/2010 Nº 63407/10 v. 18/06/2010 El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 18, Secretaría nro. 35, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, 3º Piso de la Ciudad de Buenos Aires, hace saber por cinco días que con fecha 14 de mayo de 2010 se resolvió decretar la quiebra de Trabado Daniel Eduardo, con 10.424.387, CUIT Nº 20-10424387-9; haciéndose saber a los acreedores que el síndico Viviana Palopoli con domicilio en Córdoba 859, 5º piso 'B' de esta Ciudad recepcionará hasta el día 18 de agosto de 2010 sus solicitudes de verificación y los títulos justificativos de sus créditos. El informe individual previsto por el art. 35 L.C.Q. deberá presentarse el día 29 de septiembre de 2010 y el informe general del art. 39 L.C.Q. el día 10 de noviembre de 2010. Se ha dado orden e intimado a la fallida para que entregue sus bienes al síndico;

cumpla los requisitos a que se refiere el art. 89 de la ley de concursos; entregue al síndico dentro de las 24:00 hs. sus libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad;

y constituya domicilio procesal en esta ciudad dentro de las 48:00 hs., bajo apercibimiento de tenérselo por constituído en los estrados del Juzgado. Asimismo, se ha decretado la prohibición de hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces. El presente se libra por mandato de SS en los autos caratulados: 'Trabado Daniel Eduardo s/Quiebra' Expte. Nº 054834, en trámite por ante este Juzgado y Secretaria.

Buenos Aires, 1 de junio de 2010.

Santiago Doynel, secretario.

e. 14/06/2010 Nº 63420/10 v. 18/06/2010 El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 18, Secretaría Nº 36, sito en M.

T. de Alvear 1840, piso 3º, hace saber por cinco días que con fecha 18.05.2010 se ha decretado la quiebra de Adriana Noemí Ponce, DNI:

16.583.836, intimándose a los acreedores que deberan presentar hasta el 25.10.2010 al Sindico Silvia Inés Trombetta con domicilio en la calle Viamonte 1337 - 2* B de la Capital Federal, sus pedidos de verificación y títulos justificativos de sus créditos. Se ha dado orden e intimado a la fallida para que entregue sus bienes al síndico objeto de desapoderamiento; cumpla los requisitos a que se refiere el art. 86 de la ley concursal;

entregue al sindico dentro de las 24 horas sus libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad; y constituya domicilio procesal en esta ciudad dentro de las 48,00 horas, bajo apercibimiento de tenérselo por constituido en los estrados del Juzgado. Asimismo, se ha decretado la prohibición de hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces. El presente se...

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