Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 13 de Octubre de 2015

Fecha de Resolución13 de Octubre de 2015
EmisorCorte Suprema de Justicia
Cita584/15
Número de SAIJ15090297
Número de CUIJ21 - 509419 - 1

SOENGAS, N.J. c/ NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. -COBRO DE PESOS- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (QUEJA ADMITIDA) Cita: 584/15 Nº Saij: 15090297 Nº expediente: Año de causa: 0 Nº de tomo: 265 Pág. de inicio: 272 Pág. de fin: 284 Fecha del fallo: 13/10/2015 Juzgado: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA (Santa Fe) - Santa Fe Jueces D.A.E.R.H.F.M.A.G.R.F.G.J.D.M.M.L.N.E.G.S.T. > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > PROCEDENCIA > PRUEBA. VALORACION T. > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > PROCEDENCIA > SENTENCIA IRRAZONABLE T. > DERECHO LABORAL > CONTRATO DE TRABAJO > EXTINCION POR MUTUO ACUERDO Tesauro > CONVENIO > VALIDEZ Tesauro > ORDEN PUBLICO LABORAL T. > PRINCIPIO DE IRRENUNCIABILIDAD CONSTITUCIONAL - LABORAL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. PROCEDENCIA. SENTENCIA IRRAZONABLE. PRUEBA.

VALORACION. DERECHO LABORAL. CONTRATO DE TRABAJO. EXTINCION POR MUTUO ACUERDO. VALIDEZ. ORDEN PUBLICO LABORAL. PRINCIPIO DE IRRENUNCIABILIDAD Es procedente el recurso de inconstitucionalidad interpuesto desde que el razonamiento desarrollado en el proceso de formación de la sentencia carece de bases aceptables con arreglo a los preceptos legales que gobiernan la ponderación de las probanzas y el conjunto de normas imperativas que componen el orden público laboral, al concluir que estando cumplimentados los requisitos formales del artículo 241 de la Ley de Contrato de Trabajo y al no haber acreditado debidamente el actor que existió un vicio de la voluntad, la manifestación extintiva en acto notarial disolvió el contrato laboral por mutuo acuerdo sin necesidad de otro acto posterior, descartando la subsunción del caso en la previsión del artículo 15 de la norma citada. Es que, en la especie, la labor cumplida por los Juzgadores al meritar la prueba rendida entra dentro de la órbita de la función revisora que le cabe al remedio de excepción intentado, cual es: evitar que los jueces inferiores al llevar a cabo la valoración probatoria incurran en anomalías por desvirtuar los principios que deben gobernar el recto desarrollo del pensamiento, constituyendo el presupuesto de cualquier libertad de convicción que no sea arbitraria; más aún, encontrándose en juego la ponderación de un reclamo tutelado por la garantía de irrenunciabilidad laboral, incurriendo los Juzgadores en inmotivada apreciación de los extremos fácticos trascendentes para la solución del litigio, en desmedro de un interés constitucionalmente tutelado bajo el principio protectorio (art. 14 bis, Constitución nacional). . (Del voto de F., al que adhirieron los Dres.

N. y E.. En disidencia: D.. S. y G.) - REFERENCIAS NORMATIVAS: Ley 20744, artículos 15 y 241.

T. > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > PROCEDENCIA > VIOLACION DEL DERECHO A LA JURISDICCION. ARBITRARIEDAD T. > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > PROCEDENCIA > PRUEBA. V.T. > DERECHO LABORAL > CONTRATO DE TRABAJO > EXTINCION POR MUTUO ACUERDO Tesauro > CONVENIO > VALIDEZ CONSTITUCIONAL - LABORAL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. PROCEDENCIA. ARBITRARIEDAD FACTICA. PRUEBA.

VALORACION. DERECHO LABORAL. CONTRATO DE TRABAJO. EXTINCION POR MUTUO ACUERDO. VALIDEZ.

El pronunciamiento de la Cámara incurre en defectos en la valoración de las constancias de la causa, no dando razones acabadas para considerar que existió entre las partes una verdadera negociación y acuerdo de voluntades -en confrontación con lo que surge de las testimoniales y documentales agregadas a los autos-; y si la situación planteada encubrió un despido sin justa causa, el régimen de estabilidad impropia para las relaciones laborales del ámbito privado habilita al empleador a disponer el despido de sus dependientes sin dar causa o razón de la decisión, pero le impone el pago de una indemnización tarifada en respuesta al incumplimiento de la obligación de mantenimiento del vínculo, obligación legal que no puede ser soslayada bajo la apariencia de un mutuo acuerdo, si éste vulnera la indisponibilidad consagrada en el artículo 12 de la ley 20744, aún cuando se trate de derechos provenientes de la extinción de la relación; por lo que la sentencia anida arbitrariedad fáctica y probatoria y debe ser anulada como acto jurisdiccional válido. (Del voto de F., al que adhirieron los Dres. N. y E.. En disidencia: D.. S. y G.) - REFERENCIAS NORMATIVAS: Ley 20744, artículo 12.

T. > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > PROCEDENCIA > AFIRMACIONES DOGMATICAS Tesauro > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > PROCEDENCIA > PRUEBA. V.T. > DERECHO LABORAL > CONTRATO DE TRABAJO > EXTINCION POR MUTUO ACUERDO Tesauro > CONVENIO > VALIDEZ CONSTITUCIONAL - LABORAL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. PROCEDENCIA. AFIRMACIONES DOGMATICAS.

PRUEBA. VALORACION. DERECHO LABORAL. CONTRATO DE TRABAJO. EXTINCION POR MUTUO ACUERDO. VALIDEZ.

Lleva razón el recurrente en sus reproches de dogmatismo que achaca al pronunciamiento en torno al análisis de las constancias de la causa, pues si bien es cierto que se trata del reclamo de quien revistara como gerente de la demandada, y con posibles conocimientos a los fines de suscribir el acuerdo en cuestión, no pudieron pasar desapercibidas al Tribunal las revelaciones -ciertamente sorprendentes- de quien actuara como patrocinante en dicho convenio, que confesó que en realidad habría sido contratado por el banco empleador, concretando una actuación meramente formal para el empleado a quien iban a despedir; y en tales circunstancias la Sala no pudo dejar de analizar si, bajo la apariencia documental desplegada, había elementos suficientes demostrativos de un despido directo. (Del voto de la Dra. G.T. > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > IMPROCEDENCIA > SENTENCIA SUFICIENTEMENTE FUNDADA Tesauro > DERECHO LABORAL > CONTRATO DE TRABAJO > EXTINCION POR MUTUO ACUERDO Tesauro > VOLUNTAD. VICIO T. > PRUEBA CONSTITUCIONAL - LABORAL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. IMPROCEDENCIA. SENTENCIA SUFICIENTEMENTE FUNDADA. DERECHO LABORAL. CONTRATO DE TRABAJO. EXTINCION POR MUTUO ACUERDO. VOLUNTAD. VICIO. PRUEBA Es improcedente el recurso de inconstitucionalidad interpuesto desde que las alegaciones esgrimidas por el presentante devienen insuficientes para desvirtuar lo razonado en la sentencia para considerar cumplimentadas las pautas del artículo 241 de la Ley de Contrato de Trabajo y concluir que la defensa esgrimida por el accionante no era viable a fin de nulificar la escritura por la cual se formalizó el acuerdo extintivo del contrato de trabajo entre las partes, al no surgir acreditados la ignorancia o el error referidos, ni violencia física ni psíquica sobre él, su familia o bienes, sin demostrar que los juzgadores hubieran propuesto una hermenéutica de la normativa aplicable y de las probanzas aportadas que exceda, en las particulares constancias de la causa, los márgenes de razonabilidad tolerados. (De la disidencia de los Dres. S. y G.) - REFERENCIAS NORMATIVAS: Ley 20744, artículo 241.

T. > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > PROCEDENCIA T. > DERECHO LABORAL > PROTECCION CONSTITUCIONAL Tesauro > DERECHO LABORAL > CONTRATO DE TRABAJO > EXTINCION POR MUTUO ACUERDO Tesauro > DERECHO LABORAL > ACUERDOS TRANSACCIONALES CONCILIATORIOS O LIBERATORIOS > HOMOLOGACION CONSTITUCIONAL - LABORAL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. PROCEDENCIA. DERECHO LABORAL. PROTECCION CONSTITUCIONAL. CONTRATO DE TRABAJO. EXTINCION POR MUTUO ACUERDO. ACUERDOS TRANSACCIONALES CONCILIATORIOS O LIBERATORIOS. HOMOLOGACION Es procedente el recurso de inconstitucionalidad desde que el fallo impugnado, al interesarse únicamente por la ausencia del fraude a la ley, no dispensó al trabajador la tutela que la Constitución y la ley imponen, incluso contra sus propias decisiones libres. La ausencia de vicio de la voluntad en el sentido tradicional no garantiza la eficacia u oponibilidad de un negocio jurídico por el cual el trabajador aparezca en términos objetivos renunciando a derechos no controvertidos o que -si lo fueran- convocarían la intervención estatal convalidante requerida por el artículo 15 de la Ley de Contrato de Trabajo para los acuerdos transaccionales y liberatorios.

Una intervención notarial en el contexto del artículo 241 de la Ley de Contrato de Trabajo sólo cumple parte de la actividad que es propia de la autoridad administrativa o judicial mentada por aquélla norma, concretamente, la que refiere a la certificación de la autenticidad de la firma, de la identidad de los comparecientes y de que ambos dijeron lo que dijeron y plasman por escrito, pero ni le consta que esas afirmaciones sean ciertas, ni mucho menos está en su competencia el cercionarse que lo acordado resulte una justa composición de intereses que merece -o no- la homologación del Estado. (Del voto del D.M.. En disidencia: D.. S. y G.) - REFERENCIAS NORMATIVAS: Ley 20744, artículos 15 y 241. T. > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > PROCEDENCIA > SENTENCIA IRRAZONABLE T. > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > PROCEDENCIA > AFIRMACIONES DOGMATICAS Tesauro > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > PROCEDENCIA > PRUEBA. V.T. > DERECHO LABORAL > CONTRATO DE TRABAJO > EXTINCION POR MUTUO ACUERDO Tesauro > CONVENIO > VALIDEZ Tesauro > VOLUNTAD. VICIO T. > PRUEBA > VALORACION CONSTITUCIONAL - PROCESAL - LABORAL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. PROCEDENCIA. SENTENCIA IRRAZONABLE. PRUEBA.

VALORACION. AFIRMACIONES DOMATICAS. DERECHO LABORAL. CONTRATO DE TRABAJO.

EXTINCION POR MUTUO ACUERDO. VALIDEZ. VOLUNTAD. VICIO. PRUEBA Es procedente el recurso de inconstitucionalidad desde que la Sala ha conferido un tratamiento irrazonable al caso al revocar el pronunciamiento del Juez de grado quien -a su turno- concluyera que no había existido un verdadero acuerdo, ni una previa y real negociación de intereses entre las partes, sino que se había tratado de un documento elaborado unilateralmente por la demandada sin intervención alguna del actor y que, surgía de todos los elementos de juicio obrantes en la causa, que la voluntad del trabajador estuvo viciada al momento de la suscripción del acuerdo en consideración (art. 954 del C. Civil). Es que a esa...

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