Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 25 de Abril de 2023, expediente CCF 000474/2016/CA001

Fecha de Resolución25 de Abril de 2023
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Iii

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III

Causa n° 474/2016 “SODIMAC S.A. c/ C., D. s/cese de oposición al registro de marca” Juzgado n° 7 Secretaria n° 14

Buenos Aires, 25 de abril de 2023.-

AUTOS Y VISTOS:

El recurso presentado el 7/12/22 por el doctor S.J.B. por considerar bajos los honorarios regulados el 29/11/22.

Existe otra regulación del día 16/12/22, la que fue apelada por la doctora M.F.A. por estimarlos bajos.

I.Los doctores G.A.A. y R.G.R., dicen:

Teniendo en cuenta el mérito, la eficacia y extensión de los trabajos realizados, la etapas cumplidas, la forma en que culmina el proceso –caducidad de instancia-, el carácter invocado y la base regulatoria tomada por el Tribunal en este tipo de juicios (ver causas “Valydar n° 7288/03 del 20/05/2010 y “Nova” n° 5794/11 del 31/10/2017), se elevan los honorarios regulados al apoderado de la demandada doctor S.J.B. a la suma de $ 140.000

por las tareas realizadas bajo la vigencia de la ley 21.839 y a 10

UMAs –equivalentes a $ 149.330- y a su letrada patrocinante, doctora M.F.A. a la suma de $ 355.000, bajo la ley 21.839 y 24 UMAS –equivalentes a $ 358.392- (arts. 6, 7, 9, 37 y 38 de la ley 21.839; arts. 16, 20, 21, 29 y 51 de la ley 27.423 y Ac. 9/2023 CSJN).

  1. El doctor E.D.G., dice:

Dejo a salvo mi opinión expuesta en los procesos tramitados en la Sala II en lo que respecta a la regulación de honorarios en las causas marcarias (ver causas n° 4309/2015 del 29/6/22, n° 7897/10 del 13/10/22; y, n°5088/11 del 4/4/23, entre...

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