Sociedades / Inverbus S.A. y Otros Union Transitoria de Empresas (U.T.E.). Aviso Nro: 141881

Fecha de la disposición17 de Marzo de 2009
Número de Boletín26997
Fecha de Publicación17 de Marzo de 2009

POR 1 DÍA - Por disposición del Sr. Juez de Comercio, Dr. Carlos Arraya quién firma por titular, se hace saber que por Expediente n° 3199/08 de fecha 04/12/2008, se encuentra en trámite de Inscripción el Instrumento de fecha 11 de setiembre de 2008, siendo las partes contratantes "AUTOBUSES SANTA FE S.R.L." con domicilio social en calle Gobernador Candioti n° 2.141, ciudad de Santa Fe, representada por su Socio Gerente Marina Rita Ceaglio DNI 18.224.737, "EMPRESA RECREO S.R.L." con domicilio social en calle Ignacio Crespo n° 651, de la Localidad de Recreo Dpto. Capital de la Provincia de Santa Fe, representada por su Socio Gerente Marcelo Eduardo Alliot DNI n° 17.422.412 e "INVERBUS S.A." con domicilio en calle Lamadrid n° 486, 2° piso, oficinas n° 26 y 27 ciudad capital representada por su Presidente Hector Oscar Alonso DNI n° 7.055.091, quienes conforman la "UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS" denominada:"INVERBUS S.A. y OTROS UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS (U.T.E.)".- Domicilio:Calle Corrientes n° 45 de la ciudad de San Miguel de Tucumán.- Plazo de Duración:La duración no será inferior a los dos años contados a partir de la expiración del contrato de concesión que se individualiza en la cláusula IV (esto es el servicio de transporte urbano de pasajeros licitado según Ordenanza n° 3986 dictada por el Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de la ciudad de San Miguel de Tucumán para la explotación del servicio público de transporte de pasajeros identificado como Lineas n° 3 y n° 19 plazo que se establece en 10 años), y se extenderá hasta que la Unión perciba la totalidad de sus créditos ... - Objeto:La unión tendrá como objeto principal la prestación del servicio público del transporte urbano colectivo de pasajeros de la ciudad de San Miguel de Tucumán, identificados como Lineas n° 3 y/o n° 19 según los términos de la respectiva licitación convocada por la Municipalidad de la ciudad de San Miguel de Tucumán. A tales fines la Unión podrá celebrar los contratos o subcontratos de cualquier tipo o naturaleza que fueran necesarios. Podrá además celebrar actos o contratos con cualquier persona física o jurídica pública o privada, nacional o extranjera, local de capital nacional o extranjero, bancos y entidades financieras oficiales y no oficiales, siempre que dicho acto estuviera previsto en las leyes civiles, comerciales o administrativas del país o del exterior o en los usos y costumbres nacionales y siempre que el acto o contrato que se trate estuviera...

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