Sociedades / S.A. Ser. Aviso Nro: 144686
Fecha de la disposición | 15 de Julio de 2009 |
Número de Boletín | 27076 |
Fecha de Publicación | 15 de Julio de 2009 |
POR 1 DIA - Por disposición del Señor Juez de Comercio, Dr. Carlos Arraya, se hace saber que por Expediente N° 1387/09, de fecha 29/06/2009, se encuentra en trámite de inscripción el instrumento mediante el cual la Dirección de Personas Jurídicas, Resolución N° 179/09 DPJ, de fecha 22 de Junio de 2009, Expte N° 178/211-S-09, Resuelve:Articulo 1°:Confórmese la reforma de los Artículos 5° y 12° del Estatuto de la Sociedad "S.A. SER" con domicilio en la ciudad de San Miguel de Tucumán -Prov. de Tucumán, resueltas por Asambleas Generales Extraordinarias de fechas 22/01/1999 y 24/01/2008, ratificada por Asamblea General Extraordinaria de fecha 26/05/2009 cuyo nuevo texto ordenado del estatuto social obra glosado de fs. 503 a fs. 506 vlta. Del Expte. N° 178/211-S-09 que a continuación se transcribe:S.A. SER.- Estatutos.- Capitulo I:Nombre - Domicilio - Duración - Objeto Social.- Art. 1°:Denominación:La Sociedad se denominará "S.A. SER". Art. 2°:Domicilio:La Sociedad tiene su domicilio en la jurisdicción de la ciudad de San Miguel de Tucumán, República Argentina. El Directorio deberá establecer el domicilio de la sede social e inscribirlo. Por resolución del Directorio podrá establecer sucursales, agencias, oficinas y representaciones en el territorio de la provincia y fuera de él, ya sea en la República Argentina ó en el extranjero.- Art.3°:Duración:El término de la duración de la Sociedad se fija hasta el 31 de Diciembre del año 2010. Este plazo podrá ser prorrogado ó abreviado por resolución de la Asamblea Extraordinaria.- Art.4°:Objeto:La Sociedad tendrá por objeto las siguientes actividades:a) La explotación, en todas sus formas de establecimientos agrícolas-ganaderos, frutícolas, forestales y de granjas de cualquier otro tipo de explotación agropecuaria, ya sea en campos propios ó de terceros, como así mismo la comercialización en todas sus formas de los frutos que dichas actividades generan; b) Compra venta, acopio, clasificación, acondicionamiento, permuta, exportación, importación, comodato, mutuo, depósito, consignaciones, transporte, distribución ó cualquier otra forma de transacción comercial sobre bienes ó cosas muebles ó inmuebles; c) El ejercicio de toda clase de representaciones, comisiones, consignaciones y mandatos ; d) Administración ó gestión gerencial por cuenta de terceros de propiedades inmuebles, fondos de comercio, acciones, cuotas capital u otro género de participaciones societarias y valores mobiliarios, con exclusión de aquellos expresamente prohibidos por la ley; e) Prestación de servicios técnicos para la evaluación de proyectos agropecuarios, industriales, comerciales, financieros, inmobiliarios ó de cualquier tipo de inversión; f) Actividades de inversión y/o financieras, con fondos propios ó de terceros, sea cual fuera su naturaleza, ya sea sobre bienes, cosas inmuebles ó muebles ó valores mobiliarios, salvo aquellos expresamente prohibidos por la Ley; g) Extracción, transformación, producción, elaboración y clasificación de materias primas en general; h) Actividad Industrial:mediante la explotación integral del Ingenio Ñuñorco para procesar la caña de azúcar, ya sea para fabricar azúcares, destilar alcoholes, obtener coproductos, y subproductos de la caña de azúcar, sus derivados y/o productos subsidiarios. Para ello podrá utilizar marcas de fábricas, patentes de invención, licencias de fabricación y procedimientos industriales, nacionales ó extranjeros. La operación del Ingenio podrá realizarse mediante arriendo, leasing, adquisición u otra modalidad.- Art.5° :Medios para cumplir el Objeto Social:Para cumplir su objeto la Sociedad podrá, sin otras limitaciones que las que expresamente surjan de la Ley:a) Celebrar y cumplir toda clase de actos, contratos y negocios jurídicos con individuos, asociaciones, sociedades y personas de derecho público ó mixtos, municipales, provinciales, nacionales ó extranjeros; b) Asociarse con personas físicas ó jurídicas, adquirir de otras empresas la totalidad ó parte de sus activos ó sus establecimientos como fondo de Comercio, asumiendo total ó parcialmente las obligaciones comprendidas en sus pasivos, pudiendo pagar dichas adquisiciones en efectivo, entregando bienes ó emitiendo y entregando acciones, debentures y otros efectos admitidos por las leyes; c) Solicitar y obtener las franquicias, licencias, permisos, inscripciones y autorizaciones que la realización del objeto social haga necesarios ó convenientes, así como ceder, transferir, aportar en uso ó de cualquier modo lícito, disponer de los mismos; d) Otorgar fianzas civiles o comerciales a favor de terceros; e) Solicitar, obtener, registrar, adquirir temporalmente ó definitivamente, utilizar, operar, introducir, ceder, vender y de cualquier otro modo disponer de cualquier marca de fábrica, nombres, derechos intelectuales, patentes, invenciones, mejoras, diseños, procedimientos industriales, utilizados en relación ó protegidos por patentes expedidas por la República Argentina, ó países extranjeros y utilizar, ejercitar, desarrollar, otorgar licencias respecto de cualquiera de sus marcas, derechos intelectuales, patentes, licencias, procesos industriales y demás y cualesquiera otros derechos relacionados con lo antedicho; f) Adquirir a cualquier título, vender, ceder, transferir, dar y recibir en prenda ó usufructo títulos y bonos públicos de entidades autárquicas, municipales, provinciales, nacionales, extranjeras.- Adquirir acciones de sociedades anónimas, en comandita por acciones de economía mixta y cooperativas, participaciones y cuotas en sociedades por acciones, salvo las que prohíbe la Ley, debentures y otras obligaciones, certificados de participaciones de fideicomisos, de depósitos, facturas conformadas, letras, vales, pagarés y otros efectos de comercio, cartas de créditos, y cualquier otro documento y títulos de créditos sea cual fuere el emisor y obligado; g) Operar en todo tipo de operaciones financieras con los bancos y financieras de la República Argentina ó del Extranjero oficiales ó privados, existentes ó a crearse. La precedente enumeración debe ser interpretada como ejemplificativa, por lo tanto, no limita los poderes de la...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba