SOCIEDADES / FRONT S.A de
Fecha de Entrada en Vigor | 27 de Marzo de 2019 |
Número de Boletín | 29460 |
Fecha de Publicación | 26 de Marzo de 2019 |
Número de documento | 222636 |
POR 1 DIA - Se hace saber que por Expediente N° 7232/F/19 (2019) de fecha 14/02/2019, se encuentra en trámite la inscripción del nuevo texto ordenado del estatuto social, mediante el cualel Sr. Presidente del Directorio Carlos Alberto Castaño, DNI N° 13.279.075., estado civil casado, nacionalidad argentina, edad 61 años, profesión CPN, domicilio en calle Rondeau N° 1.143, decide aumentar el capital social y cambiar fecha de cierre de ejercicio. Como consecuencia, se modifica el estatuto social de la sociedad FRONT S.A., quedando redactadas de la siguiente manera: Artículo Primero: La Sociedad se denomina FRONT S.A. continuadora jurídica de FRONT FINANCIAL SERVICES S.A. Artículo Segundo: La Sociedad tiene su domicilio legal en la jurisdicción de la Provincia de Tucumán, República Argentina, pudiendo la Asamblea cambiar el mismo cuando lo considere oportuno o necesario. Igualmente podrán establecer sucursales, agencias y/o representaciones en cualquier punto del país o del exterior. Artículo Tercero: La Sociedad tendrá una duración de noventa y nueve años a partir de la inscripción de la Sociedad en el Registro Público de Comercio.- Artículo Cuarto: La Sociedad tendrá por objeto desarrollar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros las siguientes actividades: A) Comercial: Mediante la compra y venta, permuta, dación en pago, distribución, consignación de electrodomésticos, muebles y útiles e instalaciones, comercialización de hardware y otros productos relacionados con las soluciones tecnológicas, importación y exportación de electrodomésticos, software y hardware, B) Financieras: Mediante préstamos y aportes e inversiones de capitales a particulares y sociedades, financiaciones y operaciones de crédito con garantías reales o personales, negociación de títulos, acciones y otros valores mobiliarios y operaciones financieras de intermediación y mediación con exclusión de las comprendidas en la Ley de Entidades Financieras y toda otra por la que se requiera el concurso público; C) Inmobiliarias: Mediante la adquisición, venta o permuta de bienes inmuebles, urbanos o rurales; la compraventa de terrenos y su subdivisión; fraccionamiento de tierras, urbanizaciones, con fines de explotación, renta o enajenación inclusive por el régimen de propiedad horizontal. Asimismo podrá formalizar consorcios y promover emprendimientos de finalidad inmobiliaria. De igual forma podrá realizar contratos financieras que sean necesarios para complementar...
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