SOCIEDADES / FIDEICOMISO MARCOS PAZ N° 220 de

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Junio de 2017
Número de Boletín29014
Fecha de Publicación 2 de Junio de 2017
Número de documento207103

POR 1 DIA - Se hace saber que por Expte número 2481/205-F-2017 de fecha 09 de Mayo de 2017, se encuentra en trámite la inscripción del instrumento de fecha 30 de Diciembre de 2016 por el cual se celebra el Contrato de Fideicomiso denominado "FIDEICOMISO MARCOS PAZ N° 220", siendo los Fiduciantes, Beneficiarios y Fideicomisarios: Carlos Alfredo Ditinis, D.N.I.: 7.653.252, casado, con domicilio en Calle Balcarce N° 639, Piso 7, Dto. "C", de la ciudad de San Miguel de Tucumán, Ricardo Daniel Ditinis, D.N.I.: 12.148.681, casado, con domicilio en Calle San Lorenzo N° 531, de la ciudad de San Miguel de Tucumán , Horacio Ditinis, D.N.I.: 25.444.404, divorciado, con domicilio en Pasaje Benito Linch N° 4794, de la ciudad de San Miguel de Tucumán, Marcelo Ditinis, D.N.I.: 28.884.987, soltero, con domicilio en Calle San Lorenzo N° 1467, de la ciudad de San Miguel de Tucumán y Gimena Martel, D.N.I.: 27.211.270, casada, con domicilio en Pasaje Josemaría Escrivá de Balaguer N° 162, de la ciudad de Yerba Buena, Provincia de Tucumán, todos argentinos. Fiduciario: Diego Ditinis, D.N.I.: 26.445.401, casado, 39 años de edad, empresario, argentino, con domicilio en Pasaje Josemaría Escrivá de Balaguer N°162, de la ciudad de Yerba Buena, Provincia de Tucumán. Fiduciario Suplente: Mónica Estela Spector, D.N.I.: 10.219.341, 64 años de edad, casada, empresaria, argentina, con domicilio en calle Balcarce número seiscientos treinta y nueve, séptimo piso, departamento "C", de la ciudad de San Miguel de Tucumán. Objeto: Construir en el inmueble sito en la Zona Norte de esta ciudad de San Miguel de Tucumán, Departamento Capital, sobre calle Marcos Paz número doscientos veinte, de esta Ciudad (hoy unificado), Padrón: 604.464, adquirido por el Fideicomiso como aporte de Inmueble que harán los Señores Carlos Alfredo Ditinis, Ricardo Daniel Ditinis, Horacio Ditinis, Marcelo Ditinis, Gimena Martel, lo que se instrumentará en el Título siguiente de la presente Escritura. Una vez incorporado el bien la Fiduaciaria tendrá a su cargo la administración, gestión, y realización de la obra: un edificio en altura para diversos destinos, de conformidad a los planos aprobados por las reparticiones pertinentes y Especificaciones Técnicas y Cronograma de Avance de Obra que se presentarán oportunamente. Una vez terminado el edificio será sometido al Régimen de Propiedad Horizontal según lo prescripto en el Libro Cuarto, Titulo quinto, Artículos 2037 y subsiguientes del Código Civil y...

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