Sociedades Comerciales Nº 4455 de 26 de Marzo de 2009

Fecha de la disposición26 de Marzo de 2009

DULCOR SOCIEDAD ANONIMA EMISION DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES Conforme al artículo 10 de la Ley 23.576 se hace saber que por asamblea del 29 de enero de 2009 y por su directorio en reuniones del día 6 de febrero de 2009 y 2 de marzo de 2009, se aprobó la emisión de obligaciones negociables ("ON"), conforme a los siguientes datos: I. CONDICIONES DE EMISIÓN: Monto: hasta U$S 4.200.000. Vencimiento: 60 meses desde la Fecha de Emisión, salvo que de otro modo se establezca en el prospecto a publicar en el/los Boletín/ines de la/s Bolsa/s de Comercio donde las ON coticen y en la Autopista de la Información Financiera de la Comisión Nacional de Valores (www.cnv.gov.ar) (el "Prospecto") conforme a decisión de los subdelegados.Valor nominal unitario (y unidad mínima de negociación): un Dólar (U$S 1); excepto que de otro modo se disponga en el Prospecto. Servicios de Interés: hasta 12,5% nominal anual, calculado sobre la base de un año de 360 días. El interés se pagará mensualmente, venciendo la primera al mes de la Fecha de Emisión, salvo que de otro modo se disponga en el Prospecto. El monto de intereses a pagar por Dólar de capital se redondeará al centavo más cercano, redondeando hacia arriba el medio centavo.Amortización: las cuotas de amortización serán mensuales con un período de gracia de tres meses, coincidiendo el primer servicio de capital con el cuarto de interés, salvo que de otro modo se disponga en el Prospecto. Pagos de Servicios: Los intereses y/ o amortizaciones ("Servicios") respecto de las ON serán pagaderos en las Fechas de Pago de Servicios indicadas en el Cuadro de Pago de Servicios inserto en el Prospecto. Las cuotas de intereses y amortización se calcularán conforme al sistema de amortización "francés", salvo que de otro modo se indique en el Prospecto. Intereses moratorios: una a una vez y medio el interés compensatorio.Garantía: Común. Reembolso anticipado a opción del Emisor: Transcurridos 12 meses desde la Fecha de Emisión, la Sociedad podrá reembolsar anticipadamente la totalidad o una parte de las ON que se encuentren en circulación, al valor nominal con más los intereses devengados hasta la fecha de pago del valor de reembolso.La decisión será publicada en el/los Boletín/ines de la/s Bolsa/s de Comercio donde las ON coticen.Tal publicación constituirá notificación suficiente para los obligacionistas.El Valor de Reembolso se pagará en un plazo no mayor a treinta (30) días desde la publicación del aviso correspondiente.Forma de las...

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