Sociedades Comerciales Nº 3003 de 02 de Marzo de 2009

Fecha de la disposición 2 de Marzo de 2009

TRES PROVINCIAS S.A MORTEROS CONSTITUCION POR REGULARIZACION DE GIUSTINA ANTONIO JOSE CARLOS, GIUSTINA ALBERTO JOSE Y GIUSTINA ITALO MARIA SOCIEDAD DE HECHO Fecha: Acta de Constitución 31/05/08. Accionistas: GIUSTINA ANTONIO JOSE CARLOS, L.E. 6.438.947, fecha de nacimiento 20/07/1944, de 63 años de edad, argentino, de actividad comerciante, con domicilio en Zona Rural de Colonia Alpina, pcia. de Santiago del Estero, República Argentina, estado civil casado, GIUSTINA ALBERTO JOSE D.N.I. 10.235.191, fecha de nacimiento 6/05/1953, de 55 años de edad, argentino, de actividad comerciante, con domicilio en calle Zona Rural de Colonia Alpina, pcia. de Santiago del Estero, República Argentina, de estado civil casado, y GIUSTINA ITALO MARIA D.N.I. 13.532.110, fecha de nacimiento 3/12/1959, de 48 años de edad, argentino, de actividad comerciante, con domicilio en calle Italia Nº 7, Ciudad de Morteros, pcia. de Córdoba, República Argentina, de estado civil casado y resuelven: Regularizar la sociedad de hecho existente conforme el art. 22 de la Ley 19550 y sus modificatorias en TRES PROVINCIAS S.A., conforme surge del acuerdo unánime del día de la fecha, la que tendrá domicilio legal en calle Monseñor Lafitte S/N, Ciudad de Morteros, provincia de Córdoba, República Argentina. Duración de la sociedad noventa y nueve años contados desde la fecha de INSCRIPCIÓN en el Registro Público de Comercio. OBJETO Articulo 3): La sociedad tendrá por objeto: Dedicarse por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, a los siguientes rubros:I) Operaciones Agrícolaganaderas, comprendiendo toda clase de actividades agropecuarias, explotación de campos, producción de leche de ganado bovino, cría y engorde de ganado menor y mayor.II) Actuar como Acopiadora de cereales y oleaginosas.Realizar todas las operaciones emergentes de la consignación, intermediación, y comercialización de productos agropecuarios en especial cereales y oleaginosas y toda clase de servicios, distribuciones, comisiones y mandatos relacionados con el quehacer agropecuario.III) Adquisición, explotación, arrendamiento, compraventa, permuta y administración de campos propios y/o ajenos; siembra directa y/o porcentaje de cereales y oleaginosas.IV) Financieras: La financiación mediante dinero propio con garantía real, personal o sin garantía, a corto plazo y/o largo plazo, de aporte de capital o capitales a sociedades por acciones para negocios realizados o a realizarse; de créditos...

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