Sociedades Comerciales Nº 13233 de 23 de Junio de 2009

Fecha de la disposición23 de Junio de 2009

TARJETA NARANJA S.A. Emisión de las Obligaciones Negociables Clase IX, a ser emitidas en una o dos series, la Serie I y/o la Serie II Se hace saber por un día, en cumplimiento de lo establecido por el artículo 10 de la Ley N° 23.576 y sus modificatorias, lo siguiente: (a) Que el programa global de emisión de obligaciones negociables a corto, mediano y/o largo plazo (el "Programa"), por un valor nominal máximo en circulación de hasta US$350.000.000 de Tarjeta Naranja S.A. (la "Sociedad"), fue creado por Asamblea General Ordinaria de Accionistas del 14 de julio de 2005 y reunión de Directorio del 7 de septiembre de 2005 (autorizado mediante Resolución Nº 15.220 del 26 de octubre de 2005 de la Comisión Nacional de Valores (la "CNV")), y el aumento del monto máximo por hasta el actual señalado fue decidido por Asambleas Generales Ordinarias de Accionistas del 3 de marzo de 2006 y del 31 de octubre de 2007 (autorizado mediante Resolución Nº 15.361 del 23 de marzo de 2006 y Resolución N° 15.785 de fecha 16 de noviembre de 2007 de la CNV), y su actualización fue aprobada por el Directorio de la Sociedad mediante Acta de Directorio Nº 344 del 17 de abril de 2009. (b) Que en el marco del Programa se resolvió y aprobó la emisión de las Obligaciones Negociables Clase IX, mediante Acta de Directorio N° 348 del 3 de junio de 2009. Las principales condiciones de emisión aprobadas en la referida reunión de Directorio, son: Títulos a emitir: Obligaciones Negociables Clase IX dentro de la cual podrán emitirse las Obligaciones Negociables Serie I y/o Serie II. Monto de la Emisión: El valor nominal global total de emisión podrá alcanzar el monto máximo de hasta US$70.000.000. El valor nominal de las Obligaciones Negociables Serie I podrá ser de US$35.000.000 o el monto mayor o menor que determine el Emisor, y el valor nominal de las Obligaciones Negociables Serie II podrá ser de US$35.000.000 o el monto mayor o menor que determine el Emisor. La sumatoria del monto de la emisión de las Obligaciones Negociables Serie I y de las Obligaciones Negociables Serie II, no puede superar el monto nominal global total de US$70.000.000, sin perjuicio de que cada una de las series podrá ser emitida por un monto nominal mayor a los US$35.000.000 y a los US$35.000.000, respectivamente.Moneda: Dólares Estadounidenses. Amortización del capital: El 100% del valor nominal será pagado en una sola cuota en el día de la respectiva Fecha de Vencimiento de cada una de las series de Obligaciones...

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